Igualdad

Una mujer sin pareja puede acumular el permiso de maternidad y de paternidad

La Justicia concede a una trabajadora 8 semanas adicionales que le corresponderían al padre. Esta victoria de CSIF es la segunda sentencia en España que obliga a la Seguridad Social a reconocer este derecho para evitar discriminación

Una mujer con mascarilla y un carrito de bebé camina a la entra de un centro de salud en Sevilla
Una mujer con mascarilla y un carrito de bebé camina a la entra de un centro de salud en SevillaManuel Olmedo

La equiparación de los permisos de paternidad y maternidad a 16 semanas desde el 1 de enero de 2021 busca avanzar en la corresponsabilidad y en la reducción de brechas laborales. Sin embargo, no presta especial atención a otros supuestos como el de las familias monoparentales. La carga de cuidados que supone un nacimiento o adopción recae en estos casos sobre un único progenitor que debe asumir los dos roles, pero con un solo permiso en lugar de dos. Esta merma de derechos ha sido corregida ya en dos ocasiones por la Justicia, la última por el Juzgado de lo Social número 16 de Valencia, que ha reconocido el derecho de una mujer sin pareja a acumular el permiso de maternidad y de paternidad. Esta sentencia, además, condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General, que se negaron a conceder el permiso de paternidad.

8 semanas adicionales

La resolución, ganada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) Comunidad Valenciana, es la segunda sentencia en España sobre este mismo asunto (el TSJ del País Vasco se pronunció en la misma línea en 2020) que contradice los criterios de la Seguridad Social, organismo que hasta el momento ha denegado estas peticiones. “Estas sentencias pioneras, en concreto, reconocen el derecho de una mujer sin pareja a disfrutar de sus 16 semanas de maternidad a las que se sumarían las 8 adicionales que le corresponderían al padre (en 2020 a los padres les correspondían 12 semanas, de las que se descontarían 4 que se deben disfrutar de manera inmediata tras el parto)”, ha señalado CSIF en un comunicado.

Es decir, que para futuras sentencias similares de nacimientos de 2021, al progenitor de una familia monoparental se le deberían conceder 10 semanas extra de las 16 totales, ya que 6 se deben disfrutar de forma simultánea.

Los tribunales están dando la razón a las madres atendiendo a la Convención sobre los Derechos del Niño, destaca CSIF, norma que prevalecerá sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico en caso de conflicto con ellas. En concreto –apunta la sentencia—”si se deniega la prestación a la beneficiaria en los términos que lo pide, existe una conculcación del derecho de la igualdad que consagra la Convención sobre los Derechos del Niño (…) por cuanto que la atención, cuidado y desarrollo del menor afectado va a sufrir una clara merma respecto a la que van a recibir otros que en situación semejante, encuadrados dentro de un modelo familiar biparental”. La sentencia también se refiere a la doctrina del Tribunal Supremo en el sentido de que las normas en materia de protección de la maternidad han de ser interpretadas a la luz del principio general del interés superior del menor.

Quiebra del principio constitucional de igualdad

“Cierto es que la suspensión del contrato de trabajo tiene una repercusión dentro de la actividad empresarial, pero la integración en un solo progenitor de la acumulación de todo el periodo de suspensión, aglutina toda la suspensión en un solo trabajador, pero no deja de ser el mismo disfrute que cuando nos encontramos ante una dualidad de progenitores “, recogía la sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia Vasco, la cual apuntaba que en el caso de denegación “se puede suscitar una quiebra del principio de Igualdad del artículo 14 de la Constitución Española”. Unos argumentos que se reiteran en esta última sentencia del tribunal valenciano.

Estas dos sentencias suponen una victoria para estas familias y abre una vía para otras trabajadoras en la misma situación, ya que “en estos momentos, las denegaciones de la Seguridad Social provocan que los hogares monoparentales, e indirectamente la mujer, queden discriminados”, denuncia CSIF.