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Así afectarán a su pensión de jubilación los periodos durante los que no ha cotizado

Los trabajadores por cuenta ajena se benefician de una integración de estas lagunas, que consiste en asignar un valor ficticio a los meses sin cotización. Mientras, a los autónomos les computan como cero

Imagen de un trabajador sobre su portátil
Imagen de un trabajador sobre su portátillarazonLa Razón

La trayectoria laboral de los españoles es una carrera de obstáculos en la que las elevadas tasas de paro y temporalidad son los principales baches que pueden frenar a un trabajador en su camino hacia la jubilación. En concreto, España cerró 2021 con un 13,33% de paro, su mayor nivel 2008, y con una tasa de temporalidad del 25,4%. Con este panorama laboral, no es de extrañar que miles de españoles sufran interrupciones y parones durante su vida activa, incluso más allá del periodo de percepción de las prestaciones contributivas de desempleo (hasta 24 meses) y los posteriores de percepción del subsidio por desempleo, periodos a partir de los cuales no se cotizan a la Seguridad Social. BBVA Mi Jubilación explica cómo afectan a la pensión de jubilación los periodos durante los que no se ha cotizado.

La pensión de jubilación se obtiene calculando una base reguladora

La base reguladora determinará la cuantía de la pensión a percibir. La base reguladora se obtiene, a partir de 2022, considerando las bases de cotización a la Seguridad Social de los últimos 25 años (300 meses) previos al hecho causante, que es la jubilación. A partir de 2022, la base reguladora será el cociente que resulta de dividir por 350 todas las bases de cotización de los últimos 25 años completos trabajados (300 meses)

“El importe de esas bases de cotización integra todas las percepciones salariales, dinerarias o especie, que el trabajador perciba en base a la relación laboral y por la prestación de su trabajo, siempre y cuando ese salario percibido no supere el importe máximo de base de cotización (que en 2022 asciende a 49.672,8 euros), en cuyo caso si el salario es mayor que esa base máxima se cotizará por la base máxima”, explica BBVA.

Una vez calculada la base reguladora, para obtener importe de pensión que correspondería a la edad de jubilación ordinaria, se aplican una serie de coeficientes en función del total de años cotizados. Con 15 años cotizados, se tiene derecho al 50% de la base reguladora. Mientras que para tener derecho al 100% de la misma es necesario cotizar un mínimo de años que variará según el año de acceso a la jubilación: 36 años en 2022. A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder al 100%.

Cómo contabilizan los periodos sin cotizar

Al tenerse en cuenta para el cálculo de la base reguladora un periodo temporal tan amplio como 25 años (para muchas personas supone más del 60% de su vida activa), puede ser relativamente frecuente que se produzcan lagunas de cotización que se tienen en cuenta para determinar la cuantía de la pensión.

Para mitigar los efectos negativos de estas lagunas, para los trabajadores por cuenta ajena (del Régimen General)se regula su integración. La integración de lagunas se realiza asignando al mes en que no haya habido cotización (y la base de cotización sea de 0 euros), un valor ficticio por el que realmente no se contribuyó, pero que sí se computa para calcular la pensión de jubilación. Las primeras 48 mensualidades sin cotización se integrarían con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento (por ejemplo, para lagunas en 2022 se utilizarían 1.125,90 euros). Y si hubiera más de 48 mensualidades a integrar, el resto de mensualidades (a partir de la 49) se integrarían con el 50% de dicha base mínima.

La lagunas, por lo tanto, se integran con bases de cotización reducidas, por lo que tendrán un efecto penalizador sobre la pensión, pero no tanto como si computasen como cero, aunque este será especialmente negativo para los trabajadores que han venido cotizando con bases elevadas. También cabe advertir que en el sistema especial de trabajadores por cuenta ajena agrario solo se integran las lagunas hasta el 1 de enero de 2012.

La integración de lagunas no se aplica a los trabajadores autónomos

En el caso de los autónomos, el perjuicio es aún mayor, ya que la normativa del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos no prevé la integración de las lagunas de cotización, computando como cero las bases de los meses en los que no haya habido cotización.

Integración de lagunas con trabajo a tiempo parcial

En el en caso de trabajadores que han cotizado a jornada parcial se pueden integrar lagunas para los periodos de tiempo siguientes a la finalización de aquella actividad a tiempo parcial, en los cuales no haya cotizado, hasta llegar al siguiente periodo de cotización. Las lagunas no se integran con la base mínima de un trabajador a tiempo completo, sino que el importe se reduce conforme al número de horas contratadas en la fecha en que se interrumpió o se extinguió la obligación de cotizar en el contrato parcial inmediatamente anterior.

Cómo evitar los efectos negativos de estas interrupciones

La Seguridad Social ofrece una alternativa para evitar integrar periodos no cotizados en la base reguladora de la pensión: suscribir un convenio especial. El convenio Especial con la Seguridad Social (CESS) sirve para que el contribuyente aporte las cotizaciones que le faltan para poder acceder a la pensión de jubilación (por ejemplo, si pierde el derecho al despedirle antes de los 50 años sin que luego se reincorpore al mercado laboral) o para mantener la pensión que le hubiera correspondido si hubiera seguido trabajando hasta la edad ordinaria de jubilación, por ejemplo, en lugar de ser despido entre los 50 y los 60 años. Firmando el convenio, pese a estar en el paro, los años que pague las cotizaciones a la Seguridad Social contarán como años trabajados. Además, estas cotizaciones también se pueden computar para alcanzar las condiciones demandadas para el acceso a la jubilación anticipada involuntaria (33 años como mínimo de cotización) o voluntaria (35 años como mínimo de cotización).