Vivienda

Así se aplicará el limite del 2% a la subida de los alquileres

Los pequeños propietarios podrán negociar subidas del alquiler por encima del 2%. Si no hay acuerdo, el inquilino podrá exigir que le apliquen ese tope. En el caso de grandes propietarios, será obligatorio

El límite del 2% en la subida de los alquileres impuesto por el Gobierno con carácter temporal hasta el próximo 30 de junio para combatir los efectos de la guerra en Ucrania tendrá, en la práctica, los mismos efectos para los grandes y los pequeños tenedores. Sobre el papel, grandes y pequeños propietarios tendrá un tratamiento diferente. Según ha explicado hoy en la rueda de prensa del Consejo de Ministros la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, los arrendamientos que ahora se revisan con arreglo al IPC se actualizarán durante los próximos tres meses de acuerdo el Índice de Garantía de Competitividad (ICG), una tasa de precios que publica el INE y que tiene en cuenta no sólo los precios sino también la evolución de la competitividad. Actualmente, el ICG está en el 2% y no puede superar ese porcentaje de acuerdo con su definición, según ha recordado el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

En el caso de los grandes propietarios -aquellos que tienen más de diez inmuebles urbanos o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluidos garajes y trasteros- el tope del 2% será impuesto por imperativo legal si tienenque actualizar la renta por cumplimiento de su anualidad. Para los pequeños, se da margen a la negociación entre ambas partes por encima de este nivel aunque, en caso de fracaso, el inquilino podrá exigir que la subida quede también limitada a ese 2%, lo que, en la práctica, supondrá que este tipo de alquileres no suban muy probablemente más de ese límite.

Mayoría de alquileres

La medida aprobada hoy por el Gobierno tendrá un gran alcance. En España, aunque no es obligatorio, el IPC se suele utilizar como indicador para regular la subida de la renta del alquiler en los contratos de arrendamiento. En caso de usarse, se hace cada vez que el contrato ha llegado a la anualidad y aplica el valor publicado dos meses antes. Si el valor de ese mes es positivo, la renta incrementará, mientras que si es negativo, disminuirá. El inquilino debe ser avisado con un mes de antelación al día en el que toque pagar la nueva mensualidad.

“El Gobierno de España tiene el mandato en esta norma de proteger a las personas que viven de alquiler en nuestro país, que necesitan de un derecho fundamental como es la vivienda, personas a las que ahora mismo pagar su alquiler es un obstáculo y, a veces, resulta imposible”, ha dicho Díaz para justificar la adopción de esta medida. La vicepresidenta segunda ha recalcado que “es la primera vez en tiempos de democracia” que se toma una medida como esta en España.

Temor del sector

Aunque el Ejecutivo ha asegurado que la limitación de los alquileres es una medida temporal, desde el sector temen que se acaba prorrogando a partir del próximo 30 de junio. El presidente de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo, aseguró que “a pesar de que se anuncie como transitoria, no tengo ninguna duda de que se prorrogará, con lo cual se corre el peligro de que se convierta en otra forma de intervenir el precio de los alquileres, congelando el mecanismo de actualización de rentas previsto en el artículo 18 de la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos)”, aseguró Zurdo en un comunicado. En su opinión, la medida “llega tarde” y explicó que, tomando como referencia la inflación media en 2021, “el valor más real debería ser una actualización de las rentas de alquiler del 3%”.

En la misma línea, la Asociación Madrileña de Empresas Inmobiliarias (Aamdei) dijo que teme que “esta medida limitativa de la actualización de los alquileres, que en principio es provisional durante tres meses, pueda seguir prorrogándose en el tiempo, al igual que ha ocurrido con las medidas de escudo social como consecuencia de la pandemia”.

Esta asociación, que asesora a las agencias inmobiliarias de la Comunidad de Madrid, considera que la limitación del 2% en la subida de los alquileres es una más de las “medidas intervencionistas del Ejecutivo que contribuyen a cargar sobre el derecho de propiedad únicamente la solución de los males derivados de una política errática en materia de acceso a la vivienda”. Su secretario general, Jesús Manuel Martínez Caja, cree que aumentará la conflictividad judicial y que el Estado deberá indemnizar a los propietarios que reclamen, si no adopta medidas compensatorias.

Desde la Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (Asval) tampoco las tienen todas consigo. En una nota difundida el lunes, solicitaron al Gobierno “que esta medida, que se anuncia como excepcional y temporal, sea una herramienta realmente establecida durante un periodo limitado, y que no se prorrogue de manera permanente, como ya ha ocurrido en otros casos, como con los Reales Decretos de paralización de desahucios”.