IRPF

¿Me pueden obligar a presentar la declaración de la Renta por Internet?

Los contribuyentes deberán presentar sus declaraciones con fecha límite hasta el 30 de junio

Una mujer recoge su turno en una oficina de la Agencia Tributaria
Una mujer recoge su turno en una oficina de la Agencia TributariaMarta Fernández JaraEuropa Press

Rendir cuentas a Hacienda no siempre es una tarea sencilla. Son millones los contribuyentes que han participado en la campaña de la Renta, no obstante, pese a que aquellos más rezagados todavía no han decidido dar el paso, todos ellos deberán haber completado este trámite el 30 de junio, ya que es cuando esta campaña llegará a su fin.

En esta cita anual con la Agencia Tributaria, los contribuyentes han podido presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio a través de diferentes vías, ya sea a través de Internet, vía telefónica o de forma presencial con el objetivo de que se adapten a las necesidades de cada una de estas personas. Sin embargo, el abanico de posibilidades parece ser que no estuvo siempre presente y la exigencia de hacer la declaración por Internet podría ser ilegal.

En este sentido, el Tribunal Supremo estudiará si es legal la exigencia de Hacienda de que la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) sea presentada telemáticamente con carácter obligatorio.

Esto se debe a que los magistrados han admitido a trámite el recurso que presentó la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) contra los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio de 2018.

En concreto, desde la asociación han recordado que en el año 2019, por medio de una orden ministerial, se impuso la obligación, a todos los contribuyentes, de declarar el IRPF electrónicamente. Esto según expusieron los asesores fiscales, “atenta contra el principio constitucional de no discriminación por razón de edad”.

La presidenta de esta asociación, Stella Raventós ha explicado que el Supremo ha observado que a través de dicha orden, esto ha provocado que a muchos contribuyentes se les haya privado de presentar la declaración a través de la vía que se adapte más a sus necesidades y aquella que fuese más “asequible”.

“La obligación impuesta por la Orden ministerial supone una clara discriminación para algunos colectivos y nuestra Asociación mantiene su compromiso con la defensa de los derechos de todos los contribuyentes, especialmente de aquellos más vulnerables, afectados por la “brecha digital” tal y como señala el propio Tribunal”, sostiene Raventós.

En este contexto, Aedaf presentó un recurso contencioso administrativo con el objetivo de impugnar dicha orden, ya que desde la asociación afirmaron que esta decisión afectaría a unos 350.000 ciudadanos, de acuerdo con las declaraciones del ejercicio 2017 presentadas en papel.

Asimismo, Aedaf ha incidido en que este recurso “hace referencia al escaso rango legal de una orden ministerial para hacer efectiva esa obligación”. Por tanto, desde la asociación han presentado recursos sobre los modelos de declaración de 2019, 2020 y 2021, los cuales se encuentran en la actualidad pendientes ante la Audiencia Nacional.

Ante esta situación, el tribunal ha acordado estudiar el fondo del asunto, dado que consideran que el recurso de la asociaciónpresenta “interés casacional objetivo” para formar jurisprudencia.