Empleo

Así es como puede darse de alta como autónomo

En 2023 las cuotas a pagar oscilan entre los 230 y 500 euros en función de su base de cotización y tramo correspondiente

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Una trabajadora en una cafeteríalarazonBBVA

El mercado laboral cuenta con más de tres millones de trabajadores autónomos en nuestro país, cifra que se va reduciendo mes a mes por el aumento de costes por parte del Gobierno, sobre todo en lo que a cotizaciones sociales se refiere. Pese a la desaparición de miles de estos trabajadores por cuenta propia, todavía sigue habiendo algunos profesionales que quieren establecerse como autónomos en el país.

El autónomo puede ser "cualquier persona física que realice de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena", tal y como explican desde el Gobierno de España.

Aquellos que tengan interés en abrir un negocio o realizar una actividad de forma habitual y a título lucrativo deben darse de alta como autónomo, llevando a cabo gestiones en la Seguridad Social, Hacienda o incluso en los organismos de trabajo.

Aunque la mayoría de autónomos solo deberán darse de alta en la Seguridad Social y Hacienda, aquellos que realicen una actividad en un local abierto al público necesitarán solicitar una licencia de apertura en el Ayuntamiento. "Y si además de autónomo es empleador, se requiere el alta ante los Organismos de Trabajo de la Comunidad Autónoma", sostiene la abogada de Legálitas, María Fernandez del Pino.

Alta autónomo en la Seguridad Social

El trabajador por cuenta propia deberá darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social en un plazo de 60 días antes del inicio de la actividad.

Los que decidan darse de alta de forma presencial deben entregar el modelo TA0521 en las administraciones de la Seguridad Social, junto con una fotocopia del DNI y una fotocopia del alta en Hacienda. En el caso de que el alta sea como socio de una sociedad, es necesario que se presente el original y una copia del documento de constitución de la sociedad.

Al darse de alta como autónomo se debe definir la base de cotización, realizando una previsión mensual de los rendimientos netos que se obtendrán en el ejercicio por las distintas actividades profesionales, lo que determinará la cuota a pagar.En 2023 estas cuotas oscilan entre los 230 y 500 euros en función de su base de cotización y tramo correspondiente.

Durante el primer año, el nuevo autónomo podrá acogerse a la Tarifa Plana de 80 euros mensuales, independientemente de sus ingresos. Esta tarifa se podrá extender 12 meses más en el caso de que sus ingresos se encuentren por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Asimismo, existe la posibilidad de acogerse a la Cuota Cero para nuevos autónomos de Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares.

Alta autónomo en Hacienda

Presentar la declaración censal -modelos 036 o 037- es imprescindible, ya que en esta se notificarán datos personales, la actividad, la ubicación del negocio y los impuestos a pagar. El modelo 037 pueden usarlo casi todos los autónomos, salvo los que tengan regímenes especiales de IVA, con excepción del simplificado, agricultura, ganadería y pesca o de recargo de equivalencia, los que deban figurar en el registro de operaciones intracomunitarias o de devolución mensual.

"Las personas físicas con una actividad relativamente sencilla pueden emplear el modelo 037 para su alta como autónomo. A la hora de declarar la actividad, hay que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), correspondiente a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que se han indicado en Seguridad Social, regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, donde se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales", explica la letrada. Por norma general, el pago del IAE no se realizará, ya que solo se debe abonar si se factura más de un millón de euros anuales.

Alta en el Ayuntamiento

La licencia de apertura es un permiso que se solicita al Ayuntamiento para que se pueda abrir un local en el que se ejerza una actividad económica inocua o calificada. En el caso de las inocuas, estas son aquellas que no generan molestias, impacto medioambiental ni riesgo para bienes o personas; mientras que las segundas son aquellas molestas, insalubres, nocivas o incluso peligrosas como es el caso de la hostelería. En este segundo tipo, es necesario un mayor número de requisitos administrativos como presentar un proyecto técnico firmado por un técnico autorizado. Las actividades exentas son aquellas que se realizan en el domicilio cuando no existe atención al público ni generan molestias.

Alta ante los organismos de trabajo

Este alta es necesaria para aquellos autónomos que empleen a trabajadores. En este sentido, los trabajadores por cuenta propia deberán comunicar a la autoridad laboral competente -por norma general, la Consejería de Empleo o Trabajo de la Comunidad Autónoma- los datos relativos al centro de trabajo y a la plantilla del negocio.