Seguridad Social

Así queda la base mínima de cotización en 2023 tras subir el Salario Mínimo a 1.080 euros

Determinará un aumento de las prestaciones futuras de aquellos trabajadores que coticen por esta base

Billetes de 100 y 200 euros
Billetes de 100 y 200 euroslarazon

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ha subido un 8%, hasta los 1.080 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas, una medida que se aplicará con efecto retroactivo desde el 1 de enero de este año, y que se comenzará a cobrar en la nómina de febrero. Este incremento beneficiará a unos 2,5 millones de asalariados no amparados por la negociación colectiva. Pero la subida del SMI no solo afecta a trabajadores, sino también a los futuros jubilados y a los solicitantes de determinadas ayudas, ya que también repercute sobre las bases de cotización.

Los nuevos importes son los siguientes: 1.080 euros al mes (14 pagas), 1.260 euros al mes (12 pagas), 15.120 euros al año y 36 euros al día con 14 pagas (1.080 euros) o 42 euros al día 12 pagas (1.260 euros). Por otro lado, el SMI para los contratos eventuales y temporeros será de 51,51 euros al día y el SMI por hora para las empleadas del hogar, de 8,45 euros. En cambio, en 2022 las cuantías del SMI eran: 1.000 al mes (12 pagar), 1.166,67 euros al mes (14 pagas), 14.000 euros al año y 33,33 euros al día con 14 pagas (1.000 euros) o 38,88 euros al día con 12 pagas (1.166,67 euros).

El incremento del salario mínimo va ligado a un alza automática de la base mínima de cotización, que durante 2023 será de 1.260 euros al mes o 42 euros al día, frente a los 1.166,70 euros que recogían inicialmente los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2023. Al aumentar la base de cotización, las empresas, además de pagar el SMI con efecto retroactivo desde el 1 de enero, también deberán ajustar las contribuciones a la Seguridad Social de ese mes. Por su parte, la base de cotización máxima fijada para 2023 queda fijada en 4.495,50 euros o 149,85 euros diarios.

Cómo afecta la subida de la base mínima a las prestaciones

El Instituto BBVA de pensiones explica que “las bases mínimas de cotización se incrementarán en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional y supondrá, por tanto, el incremento de la cuota mínima de cotización”. Lo anterior determinará un aumento de la recaudación de cotizaciones sociales y un incremento de las prestaciones futuras de aquellos trabajadores que coticen por la base mínima.

En definitiva, a mayor salario, mayor base de cotización, lo que determinará en el futuro una mayor base reguladora con la que se calcula la pensión de jubilación, y por lo tanto una mayor pensión (por ejemplo, de jubilación, incapacidad, etc.).

Esta subida no solo repercute en los salarios y en las pensiones, sino que también amplía el acceso a determinadas prestaciones, como por ejemplo, al subsidio para mayores de 52 años o la Renta de Inserción Activa (RAI). Uno de los principales requisitos para acceder a estas dos ayudas es "carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias". Esto implica que el límite de rentas para acceder a esta prestación ha aumentado desde los 750 euros mensuales (cuando el salario mínimo era de 1.000 euros), hasta los 810 euros (ahora que el SMI será de 1.080 euros). Con este incremento de 60 euros habrá más potenciales beneficiarios.

La subida del Salario Mínimo Interprofesional afectará también a las normas vigentes de las comunidades autónomas y de las Administraciones locales que utilicen el SMI como indicador o referencia del nivel de renta para determinar el importe de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas prestaciones, beneficios o servicios públicos.