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Declaración de la renta
La declaración de la renta no es solo tener que pagar a Hacienda. Existen multitud de deducciones aplicadas por el organismo público que permiten a los ciudadanos poder desgravarse ciertos pagos que se han producido a lo largo del año.
Estas deducciones son básicamente reducciones que se aplican sobre la base imponible o la cuota de un impuesto, y permiten pagar menos en la declaración fiscal. En otras palabras, son cantidades que se pueden restar de lo que un ciudadano debe pagar a Hacienda, ya sea por haber hecho ciertos gastos, inversiones o por cumplir con situaciones personales o familiares que la ley considera beneficiosas.
En este sentido, existe una deducción que se aplica según la Comunidad Autónoma en la que se resida y que pocos ciudadanos conocen.
El pasado 2 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta y millones de personas realizaron los trámites necesarios con la Agencia Tributaria. Sin embargo, muchos ciudadanos desconocen que existe una deducción que permite disminuir una hipotética deuda con Hacienda, e incluso permite que el organismo público tenga que pagar al ciudadano en caso de que salga un resultado negativo.
Se trata del gasto por ir al gimnasio, una deducción autonómica poco conocida pero que está al alcance de aquellos que tienen la suerte de residir en las regiones donde se aplica. Según el Manual práctico de Renta 2024 publicado por la Agencia Tributaria, dos comunidades autónomas permiten deducir parte del gasto en gimnasios y servicios relacionados con la actividad física: La Rioja y la Comunidad Valenciana. En estos territorios, realizar ejercicio puede tener una recompensa económica directa en tu declaración.
En el caso de La Rioja, se contempla una deducción autonómica del 30% sobre los gastos relacionados con la práctica deportiva, siempre y cuando se realicen en instalaciones registradas oficialmente o se trate de clases y licencias reguladas por federaciones riojanas. Esto incluye tanto cuotas de gimnasios como pagos por clases dirigidas o licencias federativas emitidas por entidades deportivas de la comunidad. Además, en el caso de ser un ciudadano mayor de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, la deducción se amplía hasta el 100%, pudiendo ahorrar hasta 300 euros.
Por su parte, los valencianos también pueden aplicar una deducción por gastos asociados a la práctica deportiva. En este caso, el importe máximo que se puede recuperar es de 150 euros, con una deducción general del 30% del gasto realizado. Sin embargo, para los casos de los mayores de 65 años o discapacidad superior al 33%, la deducción es del 50%. Solo podrán deducirse el 100% las personas mayores de 75 años o con una discapacidad superior al 65%.
La aplicación de estas deducciones fiscales exige la presentación de un justificante documental, generalmente en forma de factura, que acredite el desembolso efectuado. En el ámbito de la Comunidad Valenciana, esta deducción está sujeta a un umbral económico: únicamente serán elegibles los contribuyentes cuya base liquidable general y del ahorro (suma de las casillas 0500 y 0510) no exceda los 32.000 € en tributación individual o los 48.000 € en conjunta.
Asimismo, es imprescindible señalar la casilla 160 en el formulario de la declaración del IRPF, condición indispensable para que la Agencia Tributaria registre y procese la deducción solicitada.
Los contribuyentes podrán beneficiarse de otras deducciones fiscales a la hora de presentar la declaración de la renta. Algunas son:
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