Finanzas

El Defensor del Pueblo actúa de oficio para proteger a los clientes de microcréditos

La institución asegura que, más allá de la autorregulación, no parece que exista una normativa específica que discipline la actuación de las empresas que los ofrecen

El Defensor del Pueblo recibió una docena de quejas sobre gestación subrogada en los dos últimos años
Sede del Defensor del PuebloEuropa Press

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha iniciado una actuación de oficio con el Banco de España y con la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía, Comercio y Apoyo a la Empresa para conocer el grado de protección que existe para los consumidores de los conocidos como microcréditos o préstamos rápidos, según ha informado la institución que dirige Ángel Gabilondo en una nota de prensa.

Esta actuación se produce tras haber recibido quejas de ciudadanos por los elevados intereses y por los plazos breves para la devolución de las cantidades concedidas por estos productos que son comercializados por empresas que, en muchos casos, no tienen consideración de entidades de crédito.

Los microcréditos suelen dirigirse hacia un tipo de consumidores que atraviesan situaciones económicas difíciles, incluso desesperadas, y que optan por relegar su derecho a la información y al asesoramiento financiero además de carecer de toda capacidad de negociación. A ello se suma que estos préstamos -cuyas cantidades suelen situarse entre los 1.000 y los 10.000 euros- se conceden "casi de manera automática, incluso vía online o telefónica, sin un análisis de riesgos o de solvencia, lo que conduce a muchas personas a una situación de sobreendeudamiento", según explica el Defensor del Pueblo.

Falta de regulación

En opinión de la institución, al margen de la autorregulación que puedan practicar las empresas que ofrecen estos productos y de las numerosas sentencias judiciales que han fallado a favor de los consumidores, no parece que exista una normativa específica que discipline su actuación, más allá de las normas de protección de consumidores y usuarios, o las previstas en el Código Civil y en el Código de Comercio.

La institución, por ello, ha preguntado al Banco de España -supervisor del sistema bancario- y a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa si, en función de las competencias que les otorga la Ley 10/2014 de 26 de junio, están llevando a cabo algún tipo de actuación sobre las entidades que conceden estos productos, y si se ha emitido alguna directriz aplicable a los microcréditos.

Asimismo, el Defensor del Pueblo quiere conocer si está previsto que la futura Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero incluya entre sus competencias la protección de los clientes en las reclamaciones derivadas de la contratación de estos productos.