Festivales
Festivales de música: así es cómo puede reclamar si se ha cancelado o por una entrada falsa
Los asistentes afectados por la cancelación de un festival que no se deba a una causa de fuerza mayor, podrán reclamar aquellos costes como el hotel reservado o el gasto en transportes
Ir a un festival a cantar a pleno pulmón rodeado de miles de personas, bailar hasta que los pies no aguanten más y escuchar en directo a diferentes artistas es un plan muy cotizado. Sin embargo, este evento puede acabarse antes incluso de haber empezado por una cancelación o una entrada falsa. Pero, ¿qué derechos tienen los asistentes afectados?
En el caso de que se cancele un festival o cualquier otro espectáculo cultural, el consumidor tiene derecho a reclamar la devolución del importe de las entradas o de la parte proporcional de las entradas no utilizadas, según regula el artículo 62.4 del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto. La reclamación se deberá realizar por escrito "a la empresa donde se haya adquirido la entrada (o subsidiariamente al organizador) y solicitar la devolución del importe", tal y como explica la abogada de Legálitas, Laura Sierra. Para ello, se tendrán que conservar las entradas y las comunicaciones donde el vendedor indica la cancelación del evento. Además, si solo se cancela uno de los días, el asistente afectado podrá reclamar la devolución parcial correspondiente por ese día.
Tras realizar la reclamación y con la constancia de que la han recibido, los organizadores de este festival tendrán un plazo de un mes para contestar. Si se ha agotado este plazo sin obtener respuesta o esta no es satisfactoria, se puede acudir a los organismos de consumo.
Cobrar el reacceso a un festival
"El tratamiento discriminatorio del consumidor en materia de precios y demás condiciones de venta se reputará desleal, a no ser que medie causa justificada", tal y como establece el artículo 16 de la Ley de Competencia Desleal.
Las cláusulas abusivas son "todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato", según establece la Ley General de Consumo (RDL 1/2007 de 16 de noviembre).
Por tanto, Sierra sostiene que podría considerarse abusivo que se establezca una tarifa adicional de reacceso al recinto "cuando no forma parte de servicio que se está prestando ni de la finalidad del evento, limitando sus derechos". Además añade que si no está justificado este gasto extraordinario, también se podrá entender como un acto discriminatorio entre aquellos que tienen mayor poder adquisitivo de los que no.
¿Se puede reclamar el importe del hotel o transporte?
En el caso de que la cancelación del festival no se deba a una causa de fuerza mayor, se podrán reclamar aquellos costes derivados dicha cancelación como el hotel reservado, el gasto en transportes u otros daños y perjuicios ocasionados.
Venta de entradas falsas o duplicadas
Antes de comprar una entrada a un festival se debe comprobar que es una web segura de venta de entradas, ya que sino podríamos hacernos con una que fuese falsa o duplicada. En el caso comprar una entrada duplicada, se debe reclamar al vendedor para que devuelva el dinero y todos los daños causados.
Sin embargo, si una persona ha sido víctima de una estafa, se debe interponer una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que se inicie una investigación policial y se descubra al autor del delito. Es importante aportar todas la pruebas posibles para que haya más probabilidades de éxito.
Las estafas de hasta cuatrocientos euros se castigan con multa de uno a tres meses, aunque si se supera dicha cuantía, la pena es la prisión de seis meses a tres años, según establecen los artículos 248 y siguientes del Código Penal.
¿Nos pueden negar la entrada al festival por llevar comida o bebida?
Algunos festivales no permiten entrar con comida o bebida al recinto y aunque esto es habitual, la abogada de Legálitas asegura que "puede que no sea del todo legal, conforme a lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto". En este se establece que debería existir una razón o causa de seguridad que justifique esta limitación.
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