Derecho laboral

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Tienes derecho a cobrar los mismo en vacaciones, bajas médicas o permisos"

Por medio de una sentencia reciente del Tribunal Supremo, el experto comunica la resolución de un funcionario público en el que se equiparo el salario en estas condiciones

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, sobre lo que nunca debes hacer al pedir las vacaciones: "Luego no te quejes"
Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Tienes derecho a cobrar los mismo en vacaciones, bajas médicas o permisos"La Razón

Las prácticas ilegales de algunas empresas para reducir costes a costa de sus trabajadores se han convertido en un problema persistente en el ámbito laboral. Entre las más comunes se encuentra el pago inferior al que corresponde, o el impago de complementos, durante los periodos de ausencia justificada, como vacaciones, licencias por enfermedad u otras circunstancias contempladas en la legislación. Estas acciones no solo afectan la economía de los empleados sino que también erosionan la confianza en las instituciones laborales y en la propia relación de trabajo, generando un clima de descontento que puede repercutir en la productividad y la motivación.

El origen de estas malas prácticas suele estar en el desconocimiento que muchos trabajadores tienen sobre sus derechos laborales. La falta de información o de formación en materia laboral permite que algunas empresas actúen de manera negligente o de mala fe sin que los afectados se percaten de la irregularidad. Esta situación demuestra la importancia de la educación laboral y de la difusión de los derechos que protegen a los empleados en el Estatuto y los convenios colectivos, ya que solo con conocimiento es posible detectar los incumplimientos y exigir la corrección de los mismos.

En algunos casos, los trabajadores afectados deciden buscar asesoramiento profesional para comprender con claridad lo que está ocurriendo en su lugar de trabajo y determinar las acciones posibles. Cuando se trata de irregularidades graves o repetidas, muchos optan por acudir a la Justicia para reclamar los pagos que les corresponden y sancionar la conducta de la empresa. Estos procesos no solo buscan la reparación económica sino que también funcionan como un mecanismo de protección para otros empleados, enviando un mensaje sobre la importancia de cumplir con la normativa laboral y de respetar los derechos fundamentales de quienes integran el mercado de trabajo.

Tienes derecho a cobrar lo mismo en vacaciones

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista que se ha dado a conocer en redes sociales por sus contenidos divulgadores sobre los derechos laborales de los trabajadores, explica en una de sus últimos publicaciones la resolución que refuerza este derecho laboral. "El Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia, en este caso para un funcionario público, en la que reconoce que durante los periodos vacaciones, bajas médicas o permisos retribuidos tiene derecho a cobrar exactamente lo mismo con todos los pluses porque se trata de conceptos habituales", comienza explicando el experto indicando que también aplica para los trabajadores.

Por ende, de ahora en adelante, tal y como ha asegurado la Justicia, es totalmente ilegal restar este cobro. "Es muy habitual en algunas empresas o incluso administraciones públicas que no se pague lo mismo durante las vacaciones, por ejemplo, te dicen que la nocturnidad no la cobras la peligrosidad, toxicidad, ... y tu normalmente estás trabajando en turno de noche o cobrando esos complementos", agrega. En este sentido, la forma de medir estos complementos se conoce como "concepto habitual", que quiere decir al menos durante los once meses anteriores a este periodo hayas cobrado al menos en seis meses ese concepto.

Concepto habitual: la demarcación que fija el Supremo

Es preciso por tanto conocer las reglas ya fijadas para poder reclamar con un sustento teórico detrás, como expresa el abogado. "Esto es tanto para nocturnidad como para peligrosidad o cualquier complemento que habitualmente cobres", indica. No obstante, la regla de los once meses no solo se percibe si has cumplido los plazos exactos, de hecho, en caso de que no se cumpla, Ignacio de la Calzada agrega lo siguiente: "Si me dices que no lo cobras once meses, sino que lo cobras siete, tienes que hacer la media aritmética. Coger esos complementos durante todos los meses, lo divides y te sale esa media que deberías percibir", concluye. Por último, si no lo cobras, en el caso de los funcionarios son cuatro años para reclamarlo y en el sector privado solo un año.