
Derecho laboral
Xavi Abat, abogado laboralista: "Este es un truco para cobrar el paro cuando te vayas voluntariamente de la empresa"
Si bien en la mayoría de casos el cese voluntario de la actividad laboral no concede el derecho a la prestación, el experto explica un modo que se encuentran dentro del marco legal

Conocer los derechos laborales se ha convertido en una herramienta esencial para cualquier trabajador que busque desenvolverse con seguridad en el mercado laboral. La información sobre las condiciones de trabajo permite tomar decisiones fundamentadas sobre cómo gestionar la relación con la empresa, ya sea explorando nuevas oportunidades profesionales o planificando una salida ordenada de la compañía actual. Sin esta base de conocimiento, los trabajadores pueden verse en desventaja frente a posibles conflictos, sanciones o incumplimientos contractuales, lo que genera incertidumbre y riesgo en su trayectoria profesional.
El Estatuto de los Trabajadores se erige como la referencia principal para garantizar la protección de los empleados en España. Artículos como el 20 regulan los derechos y obligaciones básicas del trabajador, mientras que el 34 establece la duración de la jornada laboral y las condiciones para su distribución. Por su parte, otro de los artículos a considerar es el número cincuenta, que contempla la extinción de la relación laboral por causas objetivas y los derechos asociados a la indemnización, ofreciendo un marco claro para quienes desean cambiar de empleo o negociar una salida sin perder derechos adquiridos.
Otros artículos del Estatuto, como el cuarto, que garantiza la igualdad de trato y la no discriminación, y el 14, relativo a la movilidad funcional dentro de la empresa, ofrecen recursos prácticos para manejar situaciones delicadas. Saber que se cuenta con estas protecciones permite al trabajador evaluar alternativas antes de comprometerse con otro proyecto o al decidir cómo finalizar su relación laboral. En conjunto, el conocimiento de estas disposiciones fortalece la posición del empleado y convierte su carrera en un proceso más controlado y seguro, reduciendo riesgos y aumentando la capacidad de negociación frente a la empresa.
Un truco para "autodespedirte" con derecho a paro
Xavi Abat, abogado laboralista que se ha dado a conocer en redes sociales por sus vídeos divulgativos sobre derecho laboral y que acumula millones de seguidores, expone un consejo para optar a la ayuda por desempleo incluso cuando el despido es voluntario."Te voy a contar un truco para que tu cobres el paro aunque te vayas voluntariamente de una empresa", comienza explicando el experto. En muchas ocasiones, factores como la rutina laboral, el hastío por el entorno de trabajo o el exceso de tareas hacen que decidamos tomar la opción de cesar nuestra actividad laboral en dicha empresa, pero esta práctica no permite opción de cobrar la prestación ni de recibir la indemnización correspondiente.
"No hablo de la típica opción que hacen muchos de decir a la empresa que lo despidan, simular el despido y la indemnización, para que te arreglen los papeles del paro, porque eso es un fraude de ley", avisa el abogado para confirmar que, en efecto, su consejo se basa en una práctica totalmente legal. Las palabras de Abat son claras y concisas e indica que el truco "viene recogido en el Estatuto de los Trabajadores y es la excedencia voluntaria que va de mínimo cuatro meses a máximo cinco años". Tal y como aclara el abogado, este derecho queda reflejado en el artículo 46 del Estatuto, que se encarga de regularlo y de establecer los plazos.
La excedencia voluntaria: artículo 46 del Estatuto
Los procedimientos a seguir para que se concrete el despido, según el experto, son los siguientes. "Si ya llevas un año en tu empresa puedes pedir una excedencia voluntaria por el plazo mínimo de cuatro meses", expresa. En este momento queda jurídicamente suspendido el contrato y el empleado origina un derecho preferente de reincorporación. "Entonces, pasados los cuatro meses pides por escrito y formalmente reincorporarte a la empresa, cosa que te denegarán y con esa denegación formal ya podrás tramitar tu prestación por desempleo", concluye el abogado como punto y final de la ecuación.
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