
Derecho laboral
¿Pueden despedirme si llevo más de 18 meses de baja? La Seguridad Social lo aclara
La norma es sencilla: el empleado no puede pasar más de 545 días sin acudir al puesto de trabajo y si supera el plazo deberá elegir una de estas tres opciones

Tienes un accidente o te pones muy enfermo. Te dan la baja y la situación no mejora. Pasan meses, un año y sigues sin poder incorporarte al trabajo por una causa mayor hasta llegar al año y medio de baja médica. ¿Puedes volver a tu trabajo? ¿Tu empresa tiene la obligación de reservarte el puesto después de tanto tiempo? La Seguridad Social parece haber dado respuesta a esta duda que tantos españoles se hacen cuando están en una situación similar.
La norma es sencilla: el empleado no puede pasar más de 545 días sin acudir al puesto de trabajo. Una vez supere el plazo, que es de 18 meses, deberá tomar una decisión en función de su situación médica y laboral y existen tres vías.
Solicitar una incapacidad permanente
La primera de ellas es solicitar la incapacidad permanente. En la mayoría de casos, la incapacidad permanente se concede cuando, después de recibir tratamiento médico y ser dado de alta (con o sin curación), una persona presenta limitaciones físicas o psíquicas que reducen o anulan su capacidad laboral de manera definitiva.
Para que te concedan una incapacidad permanente, el afectado tiene que presentar limitaciones físicas o psíquicas que te impidan trabajar con normalidad. Las secuelas deben ser crónicas o estables, sin mejoría prevista.
Pedir el alta médica
Este caso se produce cuando tanto el paciente como el doctor deciden que está en condiciones para trabajar. Esta es la opción más sencilla porque una vez presentada se termina la baja y debes reincorporarte a tu trabajo.
Si el médico te da el alta y tú crees que sigues mal, puedes impugnarla.
Prórroga excepcional de la baja
Esta prórroga es posible si después de los 18 meses lo decide la Seguridad Social, y se realiza cuando se dan alguno de estos casos:
Hay posibilidad real de mejoría en los próximos meses.
El cuadro clínico todavía no está estabilizado.
Si te conceden una prórroga excepcional sigues de baja hasta un máximo de seis meses más (24 meses en total). Antes de llegar a los 24 meses, el INSS decidirá obligatoriamente si te dan el alta, si agotas la prórroga o si te dan la incapacidad permanente.
Si no tomas ninguna decisión tras los 18 meses, la Seguridad Social manda una propuesta de incapacidad permanente.
¿Pueden despedirme después de 18 meses de baja?
Aunque no sea obligatorio, se recomienda conocer los plazos máximos de baja para tomar una decisión de manera anticipada y evitar dejar de cotizar a la Seguridad Social. Son muchos los que se preguntan si realmente pueden perder su puesto de trabajo pasado el plazo previsto, y la respuesta es que depende. En u principio, no suele ser viable, pero hay casos en los que la empresa podría extinguir tu contrato o suspenderlo.
Cuando se superan los 18 meses de baja por incapacidad temporal, la empresa deja de tener obligación de cotizarte. En muchos casos, la opción que elige es dar de baja al trabajador de la Seguridad Social y pagarte un finiquito. Sin embargo, eso no siempre equivale a un despido. EN muchos casos la relación laboral queda suspendida, no extinguida.
Cuándo podrían despedirte (o extinguir contrato)
Estos son los casos en los que la empresa sí tiene derecho a extinguir tu contrato:
La empresa decide "darte de baja en la Seguridad Social" tras esos 18 meses, y no hay una reincorporación inmediata.
No se te concede incapacidad permanente, ni alta médica, ni prórroga —o la empresa considera que tu baja temporal derivó en “ineptitud sobrevenida” para el trabajo. En ese caso puede existir base legal para terminar el contrato por causas objetivas.
✕
Accede a tu cuenta para comentar


