IRPF

¿Qué significan los siete estados por los que pasa la declaración de la Renta?

La Agencia Tributaria cuenta con un plazo de seis meses desde el fin de la campaña o desde la fecha de presentación si fue posterior para efectuar la devolución

MADRID.-Los contribuyentes presentan 1,16 millones de declaraciones en el primer día de la Renta 2023, un 4,3% más
Oficina de la Agencia Tributaria Europa Press

Aunque el contribuyente no puede hacer nada para acelerar el proceso de tramitación de la declaración de la Renta, algunas personas se quedan más tranquilas comprobando el estado de su gestión para saber si sigue el curso habitual o hay alguna incidencia.

Para comprobar en qué estado se encuentra la devolución de nuestra declaración de la Renta, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes este servicio a través de su web dentro del apartado "Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)" de la Campaña de Renta 2023 al que se puede acceder mediante DNI o certificado electrónico, a través de Clave PIN o con el número de referencia de nuestro borrador.

Los mensajes que puede encontrarse el contribuyente son:

  • “Su declaración se está tramitando”. La Agencia Tributaria ha recibido la declaración, pero todavía no ha iniciado la revisión.
  • “Su declaración está siendo comprobada”. Hacienda está comprobando que los números y los datos que has aportado en tu declaración de IRPF son los correctos.
  • “La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe”. Este mensaje indica que hay un fallo de algún tipo” en la declaración que se debe subsanar. En este caso, lo que puede hacer es pedir cita en la Agencia Tributaria para aportar la información necesaria que aclare la discrepancia.
  • “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria”. Hacienda ya ha terminado de revisar todos los datos de tu declaración y sólo le queda dar la orden para ingresar la devolución en tu cuenta bancaria.
  • “No obstante, su devolución está siendo comprobada”. Aunque la declaración ya haya sido tramitada y la devolución sea correcta, si tienes deudas con la Administración pública se cubrirán total o parcialmente con las cantidades devueltas, en función de la cuantía de la deuda.
  • “Su declaración ha sido tramitada no estimándose conforme”. La Agencia Tributaria está en desacuerdo con la información remitida y la devolución solicitada. Por ello, enviará un requerimiento.
  • Aviso de devolución. Es la última fase, cuando el pago ya se ha emitido. Recibirás un mensaje similar al siguiente: “Su devolución ha sido emitida el día X/X/XXXX; si en 10 días no ha recibido el importe, acuda a la delegación/administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal”.

La Agencia Tributaria dispone de seis meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones (1 de julio) o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución que has solicitado. Si se retrasa, debe abonar intereses de demora al contribuyente.

No obstante, por mucho que consultes tu declaración no conseguirás que el proceso se acelere, más allá de los casos en los que hay aclarar algún punto o aportar información adicional. En definitiva, no queda otra que tomárselo con calma. Si no existe ninguna incidencia, la Agencia Tributaria te devolverá el importe de la Renta sin tener que hacer ningún trámite extra más allá de presentar la declaración. En cambio, si Hacienda detecta una incidencia, te hará llegar un requerimiento para subsanar los posibles errores.