Ayudas sociales
Este es el único subsidio por desempleo que el Gobierno ha decidido que no subirá en junio
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aprueba la reforma de los subsidios con el apoyo de los sindicatos, aunque sin el voto favorable de la patronal. Sin embargo, existe un único subsidio que se mantendrá en 480 euros
La reforma de los subsidios por desempleo no salió adelante en diciembre del año pasado. Sin embargo, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, sacó ayer adelante el texto con el apoyo de los sindicatos, pero sin el voto favorable de la patronal. Y no son pocos los cambios a tener en cuenta, sobre todo, para los beneficiarios del subsidio extraordinario por desempleo.
Entre las muchas novedades, dicha reforma incluirá la posibilidad de compatibilizar un empleo a jornada parcial o completa con el cobro tanto del subsidio, como de la prestación por desempleo, esto es, lo que comúnmente se conoce como cobrar el paro en España. Otro punto a tener en cuenta, es que se eliminan los subsidios parciales, es decir, todos los trabajadores cobrarán la ayuda completa, sea cual fuere su jornada de trabajo. Además, el Gobierno anunció hace dos días la creación de dos nuevas prestaciones sociales.
Una de ellas, para migrantes retornados y otra para las víctimas de violencia machista. Además, el texto recupera la sobrecotización del 125% para el subsidio por desempleo para los mayores de 52 años. Este punto fue el que causó el fracaso parlamentario de la norma el pasado mes de enero. Entonces, los diputados de Podemos decidieron votar en contra de la convalidación del decreto alegando que se trataba un recorte para las futuras pensiones de estas personas. Tampoco contó con el apoyo de Vox.
Cuánto sube el subsidio extraordinario por desempleo en junio
La reforma de los subsidios fija la ayuda en 570 euros durante los seis primeros meses a partir del próximo 1 de junio, lo que corresponde al 95% del IPREM. Los receptores de las distintas modalidades del subsidio por desempleo reciben ahora el equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas Múltiples (Iprem), de 600 euros al mes en 2024, por lo que esta ayuda es de 480 euros.
Con la reforma, las nuevas cuantías aumentarán al 95% durante los primeros seis meses (570 euros al mes en 2024); al 90% en los seis meses siguientes (540 euros al mes) y se mantienen en el actual 80% durante el resto del periodo que dure la prestación. Esta medida se extiende a los subsidios para personas víctimas de violencia de género o sexual, así como para emigrantes retornados.
En cuanto a los pagos periódicos de la ayuda económica, se realizará por el Servicio Público de Empleo Estatal dentro del mes siguiente al que corresponda el devengo, por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
Cambios en las bases de cotización para la futura pensión de jubilación
Otro punto clave tiene que ver con que se modifican las bases de cotizaciones de jubilación para el subsidio de 52 años, cuyo objetivo es que a partir de 2028, esa base de cotización quede fijada en el 100% de la base mínima en aras del cobro íntegro de la pensión de jubilación. No obstante, una nota a tener en cuenta. La reducción de la base de cotización afectará, únicamente, a aquellas personas que se conviertan en beneficiarios de esta ayuda a partir del 1 de junio. En resumidas cuentas, para aquellas personas beneficiarias de dicha prestación contributiva con anterioridad al 1 de junio de 2024, la base de cotización seguirán siendo del 125%.
Pero, ¿qué sentido tiene reducir la base de cotización del subsidio para mayores de 52 años? Pues bien, según explica la norma, "antes se necesitaba esa sobrecotización para la jubilación (125%) porque los trabajadores no podían cotizar suficientemente para tener pensiones de jubilación dignas", explicaba el Secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, "sin embargo, con el actual SMI la cotización para la jubilación es digna y ya no requiere de esa sobrecotización que era un parche", añadía.
De esta forma, los perceptores del subsidio cotizarán por el 120% de la base mínima en 2024, por el 115% en 2025, por el 110% en 2026, por el 105% en 2027 y por el 100% en 2028, según fuentes conocedoras del texto definitivo.
No sucederá lo mismo con el subsidio para mayores de 52 años
Este cambio tendrá una excepción y afecta a buena parte de los beneficiarios: la modalidad del subsidio para mayores de 52 años desempleados, que se mantendrá en los 480 euros actuales debido a su cotización más elevada y mayor duración. La reforma también extiende el derecho a la prestación a los menores de 45 años sin cargas familiares que agoten la prestación contributiva (cobrarán un máximo de seis meses), a los eventuales agrarios de todo el Estado (actualmente solo recibían una ayuda similar los temporales del campo de Andalucía y Extremadura).
Tabla de las nuevas bases de cotización
- Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
- Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
- Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
- Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
Adiós al mes de espera para cobrar la ayuda
El documento también contempla la eliminación del mes de carencia para solicitar la ayuda asistencial, desde el día siguiente que se agota el paro o se queda en situación legal de desempleo. Podrá compatibilizarse con un trabajo durante los seis primeros meses de empleo, sin reducción de cuantía o salario.
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