
Impuestos
La triple subida de cotizaciones a los trabajadores y empresas queda paralizada
La caída del decreto ómnibus frena la aplicación del alza del MEI para llenar la hucha de las pensiones, de la cuota de solidaridad y de la base máxima de cotización

El fracasado decreto ómnibus que ha paralizado desde la revalorización de las pensiones a las ayudas al coche eléctrico, entre otras medidas, también incorporaba una subida de las cotizaciones sociales que ahora queda paralizada.
En concreto, este año subía la cotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) en una décima, del 0,7% al 0,8%. Un incremento que no implica una mejora de la pensión futura de los cotizantes, ya que estos recursos se dotarán al Fondo de Reserva, que tiene previsto alcanzar una cuantía de 14.000 millones este año, para pagar las pensiones de las tres próximas décadas.
Este incremento de una décima de las cotizaciones, algo que sucederá todos los años hasta que se alcance el MEI del 1,2% en 2029, implicaba una cotización adicional total por este concepto del 0,13% para los trabajadores y del 0,67% para las empresas.
Se desconoce si en posteriores meses se regularizará la aportación al Fondo de Reserva por parte de los asalariados que ahora queda paralizada.
Asimismo, también queda suspendida la aplicación de la cuota de solidaridad para los salarios que superen la base máxima de 4.909,5 euros mensuales (58.908 euros al año), tras revalorizarse un 4% respecto a 2024 (el 2,8% del IPC promedio más un 1,2% adicional), el aumento de las bases máximas de cotización y la subida de la pensión máxima hasta los 3.267,60 euros al mes.
En el caso de la cuota de solidaridad, en 2025 estaba previsto aplicar las siguientes cuotas en función de tres tramos de rendimientos: 0,92% sobre la parte del salario comprendida entre la base máxima (58.908 euros anuales) y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10%,1% si es entre un 10% y un 50% mayor o 1,17% si es un 50% superior. El 83,4% irá a cargo de la empresa y cerca del 16,6% correrá a cargo del trabajador.
Para un trabajador cuyo salario supere la base máxima en un 10%, es decir, un sueldo total de 64.798,8 euros anuales, la cuota de solidaridad ascenderá a 54,19 euros. Este es el resultado de aplicar a los 5.890,8 euros que exceden la base máxima la cuota del 0,92% correspondiente. De estos 54,19 euros anuales, 8,99 euros correrán a cargo del trabajador y 45,19 euros a cargo de la empresa.
Para un trabajador cuyo salario supere la base máxima en un 30%, es decir, un sueldo total de 76.580,4 euros anuales, la cuota de solidaridad ascenderá a 172 euros. Este es el resultado de aplicar a los 17.672,4 euros que exceden la base máxima la cuota del 0,92% para los primeros 5.890,8 euros (54,19 euros) y del 1% para los 11.781,6 euros restantes de exceso (117,81 euros). De estos 172 euros anuales, 28,55 euros correrán a cargo del trabajador y 143,45 euros a cargo de la empresa.
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