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Correos se blinda para garantizar el voto en las elecciones generales

Amplía el personal para atender todas las solicitudes y refuerza, sobre todo, el servicio en zonas turísticas

Economía.- La CNMC denuncia que los descuentos que ofrece Correos a grandes clientes están por debajo de costes
Economía.- La CNMC denuncia que los descuentos que ofrece Correos a grandes clientes están por debajo de costesEuropa Press

Las oficinas de Correos bullen con las elecciones del próximo 23 de julio: están recibiendo una avalancha de solicitudes de voto a distancia, lo que hace prever que la siguiente cita con las urnas va a registrar un récord de voto por mensajería. Actualmente,la mayor marca corresponde a los comicios de junio de 2016, cuando se alcanzaron los 1,45 millones de votos por correo.

Este contexto electoral ha multiplicado el trabajo de Correos, que se deshace en esfuerzos para tratar de ofrecer el mejor servicio posible para lograr la máxima seguridad en todos los trámites y la máxima comodidad para los votantes, ya que de ello también depende evitar que votar por correo se convierta en un procedimiento farragoso que desincentive el ejercicio de un derecho fundamental. En este sentido, ante la supuesta compra de votos en Melilla, se han disparado algunas alarmas y ciertos temores en torno a la posibilidad de que haya riesgo de fraude en el voto por correo, aunque echando un ojo al proceso logístico que sigue Correos parecen del todo infundados.

Del primero al último paso,no hay ningún margen para que el voto pueda ser alterado, según se desprende del plan que sigue Correos.La compañía pública de mensajería custodia voto a voto y garantiza la llegada a destino para que los votantes puedan ejercer su derecho de sufragio a distancia sin problemas. Para evitar dar pistas sobre qué procedimientos siguen, desde Correos han evitado dar detalles sobre cómo se custodian los votos.

En cualquier caso, las consecuencias judiciales para los funcionarios de Correosson suficientemente altas como para evitar cualquier alteración del voto: según el artículo 140 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), serán castigados con penas de entre tres y siete años de prisión los funcionarios que se dediquen a «cambiar, ocultar o alterar, de cualquier manera, el sobre o papeleta electoral que el elector entregue al ejercitar su derecho».

De hecho, hasta ahora, el único riesgo que se ha detectado ha estado en los electores que han sido víctimas de robo o han aceptado vender su voto a cambio de una retribución. No obstante, ahora se ha taponado ese resquicio porque la Junta Electoral Central ha obligado a que todos los electores se identifiquen a la hora de depositar la papeleta en las oficinas de Correos, algo que hasta ahora no era obligatorio. Esa circunstancia permitía el robo o la venta del voto porque podía ir otro a depositarlo porque el funcionario de Correos no estaba habilitado legalmente para exigir el DNI.

Si el elector no puede acudir a votar a la oficina de Correos, ¿qué puede hacer? En ese caso, las personas deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre (la autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo).

Hasta ahora, la identificación tan solo era necesaria en el primer y segundo paso. El primer paso, enmarcado en el artículo 72.b. de la Loreg, corresponde a la solicitud: «La solicitud deberá formularse personalmente. El funcionario de Correos encargado de recibirla exigirá al interesado la exhibición de su documento nacional de identidad y comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá a estos efectos fotocopia del documento nacional de identidad». Este primer paso permite tramitar la petición del Certificado de Inscripción en el Censo Electoral para que los electores puedan recibir en su vivienda todas las papeletas y, a la vez, para evitar que puedan votar dos veces al quedar borrados de los censos presenciales para emitir el voto en un colegio.

Una vez hecha la solicitud, el servicio de distribución de Correos será quien se encargue de repartir las papeletas en los domicilios en los que el solicitante haya indicado: no siempre tiene que ser la vivienda habitual y puede llegar a ser, incluso, un hotel, si el solicitante está de vacaciones. De hecho, se reforzará el servicio en toda la red de oficinas, que está compuesta por 2.389 en toda España: ese refuerzo se hará especialmente en las zonas turísticas, y si es necesario, los carteros repartirán los envíos electorales en fin de semana.

Si bien, el solicitante, tal y como marca el artículo 73 de la Loreg, sí tiene que recibirlo en mano para ser «firmado personalmente» por él mismo: si no, las papeletas volverán a la oficina de Correos y el votante tendrá que acudir a recogerlas allí mismo en mano. Ya con las papeletas en mano, el elector puede decidir si se las lleva a su lugar de residencia o vota allí mismo: hay de plazo entre el 3 y el 20 de julio. Ese ya sería el último paso.

Estos son todos los pasos que hay de cara al público para tramitar el voto por correo y no dejan margen para el fraude. Entre bambalinas, en el proceso logístico, tampoco hay margen para el fraude porque cada sobre incluye el certificado de inscripción en el censo, lo que garantiza la identidad del votante y del proceso. Los sobres con la documentación son enviados a la unidad de reparto adscrita al colegio electoral correspondiente en la que se depositan y se custodian debidamente hasta su posterior entrega durante el día de las elecciones en las mesas electorales correspondientes.

La papeleta va dentro de un sobre, que, a su vez, está dentro de otro sobre que incluye el certificado de inscripción en el Censo para acreditar la identidad del votante. De esta manera, tanto los trámites como el proceso logístico quedan blindados por Correos, que también ha multiplicado los recursos para evitar que no se produzca una desmovilización por la lentitud de los procedimientos. Al principio, se detectaron colas en las oficinas y eso ha hecho reaccionar a la compañía, que ha contratado a 10.000 trabajadores extra para agilizar todos los trámites y ha aplacado los amagos de protestas de los sindicatos.

Además, el despliegue de Correos va a ir a más porque, a partir de mañana, prevé ampliar el horario de oficinas y su apertura en días no laborables, donde se detecte una mayor afluencia.

Alto castigo por alteración del voto

¿Cuáles son las penas por los delitos electorales? Los delitos electorales están recogidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), entre los artículos 139 y 150. Las penas están comprendidas entre los tres meses y los siete años de prisión.

¿Cuál es la pena por vender el voto? El artículo 146 de la Loreg recoge las consecuencias penales para quienes traten de vender su voto o para quienes traten de forzar a algún elector en el voto. En este sentido, según queda recogido, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses «quienes por medio de recompensa, dádivas, remuneraciones o promesas de las mismas, soliciten directa o indirectamente el voto de algún elector, o le induzcan a la abstención» y «quienes con violencia o intimidación presionen sobre los electores para que no usen de su derecho, lo ejerciten contra su voluntad o descubran el secreto de voto».

¿Cuál es la pena por votar dos veces? También hay castigo para quien vote dos veces: «Quienes voten dos o más veces en la misma elección o quienes voten sin capacidad para hacerlo serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de seis meses a dos años e inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a tres años».

¿Cuál es el castigo por incumplimiento en la Mesa electoral? El presidente y los vocales de las Mesas electorales «que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley», incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año.