España

Estado de alarma: El Gobierno confina a los españoles en sus casas salvo para comprar e ir a trabajar

Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública y seguridad

Consejo de Ministros excepcional hoy en Moncloa. Excepcional porque se ha celebrado en sábado, porque se ha decretado el Estado de alarma en el país y porque se ha realizado de manera presencial, a pesar de que existen dos casos positivos de coronavirus en el Gabinete. El cónclave es de tanta trascendencia que se mantiene a esta hora, tras un receso de media hora, y se ha retrasado la intervención del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que se prevé comparezca esta tarde para enumerar las medidas concretas que se aplicarán bajo el paraguas de la excepcionalidad que operará durante los próximos 15 días en toda España. Este diario ha accedido a un borrador en el que se fija lalimitación la libertad de circulación de la población salvo en los siguientes casos:

- La adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

- La asistencia a centros sanitarios.

- El desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.

- El retorno al lugar de residencia habitual.

- La asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

- El desplazamiento a entidades financieras.

- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

- Y cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

“Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio”, reza el citado decreto. Las medidas que limitan la libertad de movimientos de las personas (artículo 6) entrarán en vigor el próximo lunes a las 8 de la mañana, mientras que el resto lo harán esta misma tarde cuando se publique en el BOE.

Será el ministro del Interior quien podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos. Serán, por tanto, los agentes de la autoridad quienes tengan potestad para “practicar las comprobaciones en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarias para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades suspendidas en este Real Decreto, salvo las expresamente exceptuadas. Para ello, podrán dictar las órdenes y prohibiciones necesarias y suspender las actividades o servicios que se estén llevando a cabo”.

El Ejecutivo toma estas medida después de que en apenas una semana los casos se hayan multiplicado exponencialmente. En el decreto se asegura que “las medidas temporales de carácter extraordinario que ya se han adoptado por todos los niveles de gobierno deben ahora intensificarse sin demora para prevenir y contener el virus y mitigar el impacto sanitario, social y económico”.

En Moncloa había reticencias iniciales a decretar el Estado de alarma, pero nunca se cerró la puerta a este escenario. “Haremos lo que haga falta, como haga falta y cuando haga falta”, anticipó hace días el propio Sánchez, que ha multiplicado sus apariciones públicas desde que se recrudeciera la epidemia en España. Las medidas del Gobierno vienen en parte forzadas también por la presión de algunas comunidades que comenzaron a decretar unilateralmente la emergencia sanitaria o a confinar municipios ante el avance del virus en sus regiones.