Francisco Franco
Meirás: los Franco contra «todo el poder del Estado»
La pretensión de la Administración es demostrar irregularidades en la compra mientras la familia aduce la posesión del pazo «con justo título»
A las 9:30 de hoy comienza en la Audiencia Provincial de La Coruña la batalla judicial para decidir sobre la demanda civil presentada por la Abogacía del Estado a la que se sumaron otras cuatro administraciones: la Xunta de Galicia, la Diputación de La Coruña y los ayuntamientos de Sada y La Coruña. El objetivo es «devolver al patrimonio público» un inmueble tan simbólico como el Pazo de Meirás, que en verano funcionaba como residencia oficial de Francisco Franco y era sede eventual de recepciones oficiales y consejos de ministros.
La propiedad fue primero donada en un acto público a Franco el 5 de diciembre de 1938 después de que la «Junta pro Pazo del Caudillo» –constituida en marzo de ese año por el gobernador civil y otros alcaldes de La Coruña con el fin de adquirir un inmueble representativo para ponerlo a disposición de Franco– abonase 406.346 pesetas. Posteriormente, este inscribió el inmueble a su nombre en el registro de la propiedad en 1941, una vez que formalizó ante notario un contrato de compraventa con la nuera de la primera propietaria de la finca, Emilia Pardo Bazán, por importe de 85.000 pesetas. El hallazgo por parte de la Abogacía del Estado de un acta de 1938 por el que la hija política de la escritora ya vendía la heredad a la «Junta pro Pazo», demuestra, según la Abogacía del Estado, que no era posible la venta tres años después, y que por lo tanto la transacción de 1941 fue «fraudulenta». Se trató, según su interpretación, de un arreglo al que se prestó la antigua propietaria para que el pazo pasase directamente al patrimonio particular de Franco y no a la Jefatura del Estado.
Además, entiende la Administración que al haber funcionado como residencia oficial del entonces Jefe del Estado y recibir fondos públicos para su reforma y conservación, el Estado habría adquirido la propiedad del inmueble a través de la usucapión –una figura jurídica recogida en el actual Código Civil, que ya estaba vigente en la dictadura pues data del siglo XIX–, es decir, su posesión continuada. En consecuencia, habría pasado a adquirir la catalogación de bien de dominio público, lo que impediría a su vez que los herederos de Franco se hubieran hecho con la propiedad a través de otro proceso de usucapión tras la muerte del dictador.
Por el contrario, la familia alega que si en 1941 hubo de formalizarse una compraventa fue porque la operación previa efectuada en 1938 a favor de la junta pro Pazo adolecía de vicios, como era la ausencia de título válido por parte de la vendedora, Manuela Esteban Collantes –viuda del hijo de Pardo Bazán–, que regularizó tres años más tarde. Esta mujer, según la familia de Franco, no había culminado en aquel momento el procedimiento judicial de declaración de herederos, ya que la propiedad de Meirás la adquirió tras fallecer su hijo.
En este escenario, lo que la demanda reclama es la rectificación del Registro de la Propiedad y la nulidad del título de donación en 1938, la «compraventa fraudulenta» de 1941 y la escritura de partición de la herencia de Carmen Franco.
Luis Felipe Utrera-Molina, abogado de los nietos de Franco, argumenta que «la donación por parte de la Junta pro Pazo en un pergamino datado en diciembre de 1938» no fue más que «un acto simbólico por el que se escenificó la entrega» a Francisco Franco, «careciendo de cualquier validez legal al no haberse verificado en escritura pública por parte de su legítimo propietario». Esteban Collantes seguía siendo esa legítima propietaria en 1941 y todas las partes intervinientes en el proceso decidieron simplificarlo y «formalizar una escritura de compraventa en 1941, transmitiendo directamente la propiedad a Don Francisco Franco, lo que no era sino el efecto final que todos los que tuvieron alguna participación en el proceso de venta del Pazo de Meirás habían manifestado expresamente desde un principio».
Afirma el letrado que «el principal argumento del Estado es que Franco no poseía el pazo en concepto de dueño, sino que lo tenía para que se lo quedase el Estado y eso justifica que el Estado lo adquiriese a los 30 años, en 1968, por usucapión». Dice Utrera-Molina que «sostener eso cuando Franco todos los años pagaba la contribución, los gastos del seguro, los seguros agrarios... y lo declaraba en sus declaraciones de la renta es complicado».
El pleito es de «una enorme complejidad técnico-jurídica», asegura el abogado de J.Y Hernández-Canut, que ha preparado la defensa con su socio de despacho Antonio Gil Evangelista. «Nos ha supuesto muchísimo trabajo, somos conscientes de que enfrente tenemos a todo el aparato del Estado, pero estamos convencidos de que nos asiste toda la razón y el derecho, y vamos a pelearlo».
Considera Utrera-Molina que lo importante es discernir únicamente sobre lo relativo a la demanda y no acerca de la figura del «Caudillo». «Estamos en un pleito de derecho civil y administrativo, no se trata de si Franco era bueno, malo o regular. A los efectos que nos interesan es indiferente. Sea lo que él fuera, sus nietos tienen todo el derecho a que se les reconozca la propiedad del pazo, entre otras cosas porque cuando se quemó, en 1978, quien lo reconstruyó fue su hija, y además el Estado se desentendió totalmente desde el momento en que muere Franco. De hecho, el Estado no vuelve a poner un duro desde 1976. ¿Después de 44 años se ha acordado el Estado de que el pazo era suyo?».
Critica el letrado los testigos «que ha propuesto la otra parte», historiadores en su mayor parte, «no son testigos de nada, porque no vivían en la época. No es que sean testigos, es que son hooligans que apoyan la devolución del pazo, que nunca fue público».
Con el retraso de las elecciones gallegas, el juicio se va a desarrollar en plena campaña electoral, lo que Luis Felipe Utrera-Molina considera «una casualidad, porque estaba señalado desde enero y se ha mantenido».
Acerca de cuál es el ánimo de los Martínez-Bordiú Franco, su portavoz asegura que la familia confía en que «el pleito se decida en justicia, y si se decide con arreglo a derecho», no tiene «ninguna duda de que la demanda se desestimará». Los herederos esperan además que «no exista ningún tipo de influencia política».
Sobre la personación en la causa de la Xunta de Galicia en manos del popular Alberto Núñez Feijóo ha sido especialmente crítico Francisco Franco Martínez-Bordiú, que recordó en declaraciones a LA RAZÓN que Feijóo se opuso a la declaración de BIC del pazo cuando estaba en la oposición, porque decía que «ni siquiera era un pazo», y «ahora está a la cabeza de la manifestación».
En cuanto a la sentencia, «es previsible que no tarde mucho, es posible que sea en septiembre», apunta Utrera-Molina. «Antes lo dudo, es un tema muy complejo en el que hay muchísimas pruebas».
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