Tribunal Supremo

El Supremo confirma la condena a Herman Tertsch, por vulnerar el honor del abuelo de Pablo Iglesias

Le acusó en un artículo periodístico de haber participado en "sacas" durante la Guerra Civil española

Comisión para la Reconstrucción Social y Económica del Congreso
El eurodiputado de Vox, Hermann Tertsch durante su comparecencia en la Comisión para la Reconstrucción Social y Económica del Congreso en Madrid este lunes. EFE/Chema MoyaChema MoyaEFE

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por el periodista y actual eurodiputado de VOX  Hermann Tertsch contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora que le condenó por vulnerar el derecho al honor del difunto abuelo de Pablo Iglesias y de sus familiares, y en particular de su hijo, que fue quien interpuso la demanda, por el contenido no veraz de un artículo publicado en un diario madrileño. En dicho artículo se imputaba a Manuel Iglesias Ramírez, abuelo del actual vicepresidente segundo del Gobierno,  la participación en «sacas» durante la Guerra Civil, y más en concreto en la del marqués de San Fernando y su cuñado, que terminó con la muerte de ambos por una milicia del bando republicano. La Audiencia de Zamora valoró que el artículo no era veraz y que la conducta del periodista no fue diligente, porque prescindió de contrastar una información previamente publicada con otras fuentes a su alcance (principalmente, las causas sumariales), cuya consulta no podía considerarse una carga exorbitante o excesiva en función de la gravedad de las imputaciones.

 La Sala considera que unas imputaciones tan graves exigían al periodista extremar su diligencia a la hora de contrastar los hechos, mediante la consulta de fuentes accesibles e inequívocamente más objetivas, como los archivos históricos, en particular los expedientes penales referidos a D. Manuel Iglesias. A ello se une que ni siquiera las fuentes informativas que el recurrente tomó en consideración justificaban que este se expresara públicamente con tal grado de certeza acerca de la participación del abuelo de Iglesias en la detención y fusilamiento del referido marqués y su cuñado.

Las imputaciones del periodista, añade al respecto el Tribunal Supremo, tampoco podían ampararse en la libertad de expresión, porque la legitimidad de la crítica a determinadas ideologías por alinearse con interpretaciones sesgadas de hechos históricos (en particular, relativos al comportamiento de los dos bandos durante la Guerra Civil), no justificaba que para sustentar o argumentar esa crítica se hicieran, sin respetar el deber de veracidad, imputaciones tan graves y de tanta intensidad ofensiva como las dirigidas contra el padre del demandante.