Dina Bousselham

La Fiscalía de Madrid investigará si el fiscal del “caso Dina” cometió un delito de revelación de secretos

Abre diligencias penales para determinar si compartió información confidencial con la abogada de Pablo Iglesias antes de decidir si judicializa el caso

La Fiscalía de Madrid ha abierto diligencias para investigar si el fiscal Anticorrupción Ignacio Stampa cometió un delito de revelación de secretos al compartir supuestamente información confidencial con la hasta hace poco abogada de Pablo Iglesias en el “caso Dina”, Marta Flor.

Así lo ha acordado el fiscal superior de Madrid, Jesús Caballero Klint, en un decreto firmado el pasado miércoles en el que acuerda incoar diligencias de investigación tras la denuncia interpuesta por Vox por varios delitos no solo contra Stampa, sino también contra la letrada de Podemos, Pablo Iglesias y la ex asesora morada Dina Bousselham.

Bousselham está en el epicentro de la investigación de esa pieza del “caso Villarejo” por el robo de su móvil en noviembre de 2015 y la posterior difusión de conversaciones guardadas en su tarjeta SIM, unas pesquisas que se centran ahora en determinar si el actual vicepresidente tuvo alguna responsabilidad en la destrucción de la tarjeta de su ex colaboradora, a quien se la entregó dañada en julio de 2016, seis meses después de que se la entregara el presidente del Grupo Z, Antonio Asensio. Entonces, Iglesias pudo ver su contenido, que además de fotos íntimas incluía una conversación en la que él aseguraba en un chat de Telegram que “azotaría” a la periodista Mariló Montero “hasta que sangrara”.

Aunque la denuncia de Vox enumera hasta seis delitos, únicamente atribuye dos a Stampa -tráfico de influencias y revelación de secretos-. Sin embargo, la Fiscalía acota a este último estas diligencias de investigación.

La Fiscalía madrileña asume las diligencias de investigación -que, deja claro en un comunicado, “no suponen tomar postura sobre la existencia del hecho delictivo”- al estar aforado Stampa ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que determina igualmente la competencia de la Fiscalía de la Comunidad de Madrid. El objetivo de esta medida es “determinar, esclarecer y concretar los hechos denunciados”.

La apertura de diligencias, de las que se ha nombrado instructor al teniente fiscal de la Comunidad de Madrid, Carlos Ruiz Alegría, conlleva la suspensión -hasta su conclusión- del expediente gubernativo abierto por la Inspección Fiscal por orden de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado. Una vez practicadas las investigaciones pertinentes, Ruiz Alegría deberá elevar al fiscal superior de Madrid su propuesta sobre la existencia o no de indicios delictivos en la actuación del fiscal Anticorrupción del “caso Dina”.

El partido de Santiago Abascal denunció ante la Fiscalía Anticorrupción a Iglesias, Bousselham, Stampa y Flor por delitos de denuncia falsa, falso testimonio, simulación de delito, estafa procesal, tráfico de influencias y revelación de secretos, al entender que el fiscal filtró presuntamente información confidencial sobre el procedimiento a la formación morada por su relación personal con la letrada.

El servicio de Inspección de la Fiscalía General del Estado ya abrió una primera inspección el pasado febrero sobre estos hechos, que se cerró antes de la declaración del estado de alarma, y concluyó que la relación personal del fiscal y la abogada de Podemos no afectaba al deber de abstención del fiscal, que debe observar -subrayaba- respecto de las partes del procedimiento, pero no en relación a su representación letrada.

La denuncia de Vox se produjo cuando la fiscal general ya había ordenado una segunda investigación a raíz de las noticias publicadas sobre la presumible actuación del fiscal. La denuncia de la formación de Abascal se remitió en un primer momento, según fuentes jurídicas, a la Fiscalía Anticorrupción, pero el aforamiento hizo que finalmente la Secretaría Técnica de la Fiscalía General pusiese la denuncia en manos de la Fiscalía de Madrid, que es la que debe determinar ahora si advierte o no indicios delictivos suficientes para judicializarla.