Estado de alarma
¿Cuándo entrará en vigor el estado de alarma?
El Gobierno preveía publicar antes de las 15:00h el decreto en el BOE con el objetivo de evitar la salida de los madrileños con motivo del puente de El Pilar
El Gobierno ya ha decretado el Estado de Alarma en Madrid. El objetivo es que entre en vigor de manera inmediata, una vez que se publique el Boletín Oficial del Estado. Se esperaba para las 15:00 horas de este viernes, aunque todavía no se ha hecho público. El objetivo de la rapidez es evitar la salida masiva de madrileños de la Comunidad con motivo del puente de El Pilar, ante las multitudinarias reservas de hoteles que estaban registrando las agencias de viajes.
Las medidas que se encontrarán dentro del decreto del estado de alarma son las mismas que ya se venían aplicando en Madrid capital y otros ocho municipios, las restricciones que este jueves tumbó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid: Reducción a un aforo de seis personas para las reuniones sociales y familiares, salvo en el caso de convivientes, aforo del 50% en las tiendas y locales y en actividades deportivas, y del 30% en eventos religiosos. Los establecimientos de hostelería y restauración tienen que cerrar a las 23:00 (excepto entrega de comida a domicilio) y no pueden admitir nuevos clientes desde las 22:00h.
El estado de alarma lo ampara la propia ley que regula los estados de alarma que indica que podrá aplicarse “en todo o parte del territorio de la Comunidad autónoma”. “Cuando los supuestos a que se refiere el artículo anterior afecten exclusivamente a todo, o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma, el Presidente de la misma, podrá solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma”.
¿Qué vigencia tendrá el estado de alarma?
Durará 15 días que comenzarán esta misma tarde y podrán prorrogarse siempre que el Gobierno someta el decreto del estado de alarma a votación en el Congreso de los Diputados. El Gobierno puede decretar una vez el estado de alarma sin necesidad de que sea aprobado por la mayoría de la Cámara Baja, pero sí que necesita la aprobación de los diputados en caso de que el Ejecutivo decida prorrogarlo 15 días más allá desde su entrada en vigor.
Una vez entre en vigor el estado de alarma, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, deberá informar de su aplicación ante el Congreso de los Diputados. Para ello no necesitará el aval de la Cámara, solo en el caso de que se disponga a prorrogar el estado de alarma.
Entonces, ¿los madrileños podrán salir de Madrid hoy?
Hasta las 15.00h no hay ninguna restricción que evite que los madrileños puedan salir de la región. Tras que el BOE publique el estado de alarma, los ciudadanos no podrán salir de la región. De hecho, la Policía Nacional y la Guardia Civil desplegarán controles a partir de primera hora de la tarde para vigilar el cumplimiento de las restricciones a la movilidad. A partir de la publicación del BOE, los agentes sí podrán multar. Pero sí habrá libertad de movimiento. No será un estado de alarma como el vivido en marzo. Pero los ciudadanos, cuando las restricciones entren en vigor, solo podrán salir de sus municipios para ir a trabajar, al médico, para acudir al colegio o realizar trámites urgentes o de fuerza mayor o para regresar a su residencia habitual.
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