Fiscal General
La “idoneidad” del nombramiento de Dolores Delgado, a revisión en el Supremo
La Sala de lo Contencioso-Administrativo estudia este martes los recursos del PP y de Vox que pidieron anular la designación de la exministra de Justicia como Fiscal General del Estado
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo revisará este martes los recursos que presentaron el PP y Vox contra el nombramiento de la Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, inmediatamente después de haber salido del Ministerio de Justicia. Los partidos de la oposición recurrieron esta decisión cuestionando la “idoneidad” de Delgado para el cargo y acusando al Gobierno de cometer un “fraude de ley”.
Casi dos años después de que la exministra cambiara su despacho de Justicia por el del edificio situado en la madrileña calle de Fortuny, el Supremo se reúne para decidir sobre su futuro. El fallo está en manos de seis seis magistrados de la sección cuarta y del presidente de la Sala, César Tolosa, quien ha rechazado la petición formulada por un grupo de magistrados para que el asunto se debatiera en pleno, es decir, entre todos los miembros de las secciones en cuyo caso hubiera sido debatido por una mayoría conservadora. Al quedarse en esta sección el tema lo resolverán Pilar Teso, ponente de la sentencia, Pablo Lucas, Celsa Pico, Luis María Díez Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herrero y José Luis Requero.
Cabe recordar que el nombramiento de Delgado ya suscitó debate en el informe no vinculante que tuvo que emitir el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los 20 vocales y el presidente, Carlos Lesmes, avalaron el nombre, pero no entraron a valorar su “idoneidad” como sí habían hecho en otras ocasiones y, además, siete vocales emitieron un voto particular para exponer que no la consideraban la mejor candidata y otros dos añadieron que su nuevo cargo perjudicaba la imagen de imparcialidad de la Justicia.
A este hecho se aferraron PP y VOX en sendos recursos ante el Supremo. Y, precisamente, esta es una de las incógnitas que mantienen abierta los magistrados: si los partidos están legitimados para recurrir este decreto del Gobierno. La Abogacía del Estado considera que no porque los partidos defienden intereses globales y no tienen un interés particular en esta demanda. Sin embargo, las formaciones de Pablo Casado y de Santiago Abascal alegan que lo que haga la Fiscalía sí les puede afectar de manera directa y, por tanto, están legitimados para el pleito.
Si este primer escollo no se supera y los magistrados acogen los argumentos de los Servicios Jurídicos del Ejecutivo, entonces el alto tribunal ni siquiera entraría a debatir sobre el fondo de la cuestión, según indican fuentes de la Sala. Por el contrario, si se apoyan las razones de los recurrentes, el Tribunal Supremo entraría a valorar si Dolores Delgado puede o no estar en su cargo.
La almendra jurídica se centra en razonar su “idoneidad” e “independencia”, es decir, si su pasado como miembro del Gobierno puede resultar problemático para la institución que encabeza. La Fiscal General del Estado cumplía los requisitos formales para acceder al puesto: ser un jurista español de reconocido prestigio, con más de 15 años de ejercicio efectivo de su profesión. Pero el debate en este caso va más allá y trata sobre la “imparcialidad” que también se exige en la Constitución para este representante.
Existe algún precedente parecido, pero no igual, con el nombramiento en 1992 de Eligio Hernández como fiscal general. La Sala acabó por anularlo, si bien en este caso estaba en juego esos 15 años de ejercicio que Delgado sí tiene. El Supremo consideró que el tiempo que Hernández había formado parte del Gobierno no debía computarse como años “de ejercicio efectivo de su profesión” en la Justicia. Las fuentes consultadas señalan que este fallo no es comparable en los mismos término, aunque indican que si la sentencia fuera contraria Delgado tendría que cesar de forma inmediata.
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