
Interior
Las dos patologías que llevan a los tribunales las oposiciones de Policía y Guardia Civil
Los opositores que son considerados "no aptos" por cuadros médicos llevan su situación a la Justicia

Superar las oposiciones de Policía Nacional y Guardia Civil es un auténtico reto para los aspirantes que se preparan durante meses. Unos sueños que a veces son frustrados por un "no apto" por las indicaciones del equipo médico. Hay dos patologías que están generando esta situación y que acaban con los opositores en los tribunales con sentencias ganadas, según explican fuentes jurídicas a LA RAZÓN.
La "controversia" por las exclusiones médicas en las oposiciones son un asunto delicado en las pruebas de acceso a la Policía Nacional, Guardia Civil, policías locales y Fuerzas Armadas. Sin embargo, es mas frecuente este tipo de casos en el primer cuerpo citado porque es donde más sentencias estimatorias de demandas se han producido.
El origen de los problemas se encuentra en el Régimen de Personal de la Policía Nacional que establece el marco normativo para acceder a la institución. El artículo 26.1 establece que los aspirantes "deberán reunir determinados requisitos, entre los que se encuentran no hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias".
Esta cuestión estuvo regulada durante años por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, que fue derogado y sustituido por el actualmente vigente Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el "cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional". Un procedimiento que era aparentemente sencillo pero contiene un anexo con un cuadro médico de exclusiones ordenadas por la capacidad funcional a la que afectan.
Las pruebas médicas de las oposiciones a Policía y Guardia Civil
"Los aspirantes se presentan a un reconocimiento médico y, si el equipo médico detecta alguna de esas causas de exclusión lo refleja en un informe y quedan calificados como 'NO APTO'. Los problemas han surgido y siguen surgiendo respecto de la redacción de algunas causas de exclusión que recogen patologías que no impiden ni menoscaban la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional, lo que convierte esa causa de exclusión en discriminatoria", detalla a LA RAZÓN Francisco Martínez, responsable de litigación y arbitraje de Next Abogados.
En el pasado ya se excluyó de las oposiciones a las personas que usaban las lentes fáquicas o quienes habían tenido cualquier cirugía intraocular. Estas causas fueron calificadas como ilegales por parte del Tribunal Supremo en una sentencia del 16 de febrero de 2023. Fueron anulados estos apartados del Real Decreto.

Los dos casos que más se encuentran en los despachos de abogados son la hipoacusia (deficiencias auditivas) y la discromatopsia (daltonismo). Hay sentencias que anulan la declaración de "no apto" de los opositores ya que estas circunstancias no impiden el desempeño de la función policial. Los textos de los magistrados detallan que no es suficiente la aplicación mecánica de una causa y se debe razonar el por qué de los motivos.
"Los conflictos y las demandas surgen, por tanto, en el caso de opositores a los que se excluye por una causa médica, cuando en realidad no padecen ninguna limitación para el trabajo policial. En la Policía insisten en que basta con que el servicio médico detecte alguna de las causas del RD 326/2021 para excluir al opositor y los tribunales exigen una motivación para el caso concreto", desgrana Francisco Martínez.
Las patologías médicas del "no apto"
Los casos de hipoacusia, que es la coloquialmente considerada como sordera vulgarmente, generan también polémica. "Nadie entiende por qué la Policía realiza mediciones por encima de 4.000 Hz y, además, sin límite superior, lo que lleva a excluir a candidatos por una supuesta hipoacusia que después van a su médico especialista y les dice que no tienen ninguna pérdida auditiva", afirma el letrado. El criterio sobre este aspecto en Guardia Civil y Fuerzas Armadas es "mucho más preciso".

Por otra parte, en las variables del daltonismo la jurisprudencia es contradictoria. Hay bastantes sentencias que insisten en la idea de que no basta con acreditar que se padece, sino que se debe motivar que es de tal intensidad que impide el desempeño de la función policial. Se han producido casos ganados también por el despacho de Suárez Valdés.
El daltonismo, según los estudios, afecta al 8% de los varones y al 0,5% de las mujeres. Diferentes diputados han trasladado estas cuestiones al Gobierno en forma de preguntas parlamentarias. Hay casos particulares de que un mismo opositor ha sido excluido por esta patología del proceso selectivo en la Policía Nacional mientras que fue admitido en la Guardia Civil. Una prueba de que el criterio marcado por las pruebas médicas es "absurdo y discriminatorio", según NEXT Abogados.
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