Conflicto

El Gobierno recuerda a los jueces que deben aplicar la amnistía teniendo en cuenta "la voluntad del legislador"

El Ejecutivo defiende que la ley es "plenamente constitucional" y busca el "objetivo loable" de garantizar la convivencia en Cataluña

Hasta aquí el papel de los partidos políticos; en el futuro, la Ley de Amnistía queda en manos de los jueces para su aplicación. Y es, precisamente, esa aplicación la que genera dudas, a tenor de la cascada de movimientos judiciales que se están produciendo una vez la norma se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y ha entrado en vigor.

El Supremo ha preguntado a la Fiscalía si debe aplicar la amnistía y mantiene la orden de detención a Carles Puigdemont. La Sala Penal consulta a las partes sobre el alcance de la medida de gracia a los encausados del "procés" y del "caso Tsunami Democràtic". En la misma línea, el juez de la Audiencia Nacional, García Castellón también escuchará a defensas y acusaciones del "caso Tsunami" antes de decidir si la aplica. En paralelo, el Tribunal de Cuentas ya ha dado el primer paso para preguntar a la justicia europea sobre la amnistía y la consejera encargada del caso ha dado diez días a acusaciones y defensas para que aleguen sobre la pertinencia de la consulta al Tribunal de Justicia de la UE. Y en Cataluña, el Tribunal Superior de Justicia también ha consultado a la Fiscalía y a las defensas por cuatro casos ya juzgados y otro pendiente por el 1-O.

Estas dudas se perciben con cierto escepticismo por La Moncloa. Aunque se intenta marcar distancias, asegurando que la norma se presentó en el Congreso de los Diputados a iniciativa del Partido Socialista, el vínculo indisoluble con la investidura de Pedro Sánchez obliga a posicionarse. Fuentes gubernamentales defienden que se trata de "una ley plenamente constitucional" con el "objetivo loable de garantizar la convivencia" en Cataluña. "Entró constitucional y salió constitucional", apuntan, sobre el recorrido parlamentario de la norma, dado que ya se anticipa que habrá cuestiones de constitucionalidad que se dirigirán al Tribunal Constitucional para su interpretación.

En todo caso, y ante los primeros pronunciamientos de diversos actores jurídicos que ya han mostrado su contrariedad a la hora de amnistiar la malversación, en caso de que afecte a "intereses financieros de la Unión Europea", situación que excluiría de la aplicación de la medida de gracia, en el Gobierno orientan a los jueces en su interpretación de la norma. Fuentes gubernamentales recuerdan que el Poder Judicial debe aplicar la amnistía teniendo en cuenta "la voluntad del legislador", que no es otra que perdonar los delitos que en ella aparecen sin salvedades.

No es la primera vez que los jueces no interpretan la legislación al dictado del Gobierno, sino acogiéndose a la redacción misma de las normas. Ocurrió con la Ley del "solo sí es sí" que generó una concatenación de rebajas de penas a agresores sexuales hasta que, con la resistencia numantina de Podemos, se acabó por modificar la redacción para poner fin a la sangría. En lo que respecta al independentismo, también hubo "efectos no deseados" en la rebaja de penas por el tipo atenuado de malversación que se introdujo en la reforma del Código Penal. Entonces, el legislador valoró que existía una corrupción de baja intensidad, cuando el dinero sustraído de las arcas públicas no acabara en el bolsillo del político de turno. Sin embargo, el Supremo valoró que el enriquecimiento personal no suponía quedarse con esos fondos, sino destinarlos a un fin distinto al que habían sido consignados.