Prisión Permanente Revisable

La madre de Diana Quer, por la prisión permanente revisable: «El caso de mi hija es el ejemplo de que es imposible la reinserción»

Ya son 54.044 las personas que apoyan vía Change.org que se aplique la prisión permanente revisable a los casos más graves.

Diana López-Pinel, en una imagen de archivo
Diana López-Pinel, en una imagen de archivolarazon

Desde que la madre de Diana Quer, Diana López-Pinel, comunicase que estaba en contra de la derogación de esta figura jurídica, ya son 54.044 las personas que apoyan vía Change.org que se aplique esta pena a los casos más graves.

Diana López-Pinel no sólo está en contra de que se derogue la prisión permanente revisable, sino que está a favor de que se endurezcan las penas existentes. «Mientras este tipo de individuos sigan en libertad, nadie estará seguro», explicó ayer a LA RAZÓN la madre de Diana Quer. «Diana representa a todas las mujeres que corren este riesgo, y no sólo en fiestas o de noche, ya hemos comprobado cómo otras mujeres han desaparecido en pleno día».

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«La muerte de mi hija –prosigue– tiene que marcar un antes y un después para tomar conciencia de que estas personas, aun sabiendo que están vigiladas, reinciden. Ninguna familia debe ni merece pasar por lo que estamos pasando nosotros nunca más. Estas personas merecen el máximo castigo, porque son plenamente conscientes de lo que hacen».

«Creo que ninguna debe salir a la calle con miedo por ser mujer y mucho menos que estas situaciones queden impunes», asegura. «El caso de mi hija tiene que ser el ejemplo de que es imposible la reinserción de estos individuos, que se tome conciencia de que le podría pasar a cualquiera y que todos estamos en riesgo mientras no se tomen las medidas ejemplarizantes para que no se vuelvan a repetir», añade la madre de Diana.

La pena de prisión permanente revisable se le podría imponer a José Enrique Abuín Gey (alias El Chicle), el asesino confeso de la muerte de Diana Quer, si, además de ser acusado de asesinato, se acreditase que hubo una agresión sexual, dado que, por el momento, está en prisión por homicidio o asesinato y el juez ve indicios de un delito contra la libertad sexual. De ahí que días atrás Diana López-Pinel explicase a este periódico que estaba en contra de su derogación, y un día después esta madre se sumó a la campaña de Change.org en contra de la derogación. Al día siguiente lo hizo el padre de la joven, Juan Carlos Quer. La iniciativa fue puesta en marcha por Rocío Viéitez Ferro, madre de las dos niñas asesinadas con una radial por su padre en Moraña. Si el pasado viernes tenía más de 10.170 firmas, ayer ya se habían sumado 54.044 al cierre de esta edición.

La prisión permanente revisable fue aprobada en el Congreso en marzo de 2015, con el único apoyo del Partido Popular. Aunque se hizo en el contexto del Pacto antiyihadista, lo cierto es que el apoyo que esta reforma no encontró en la Cámara lo tuvo en la calle. La reforma del delito de asesinato se aplica sólo en una serie de casos. En concreto, cuando la víctima de un asesinato sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad; cuando el autor del asesinato (sea o no menor de edad la víctima) además cometiese un delito contra la libertad sexual, y cuando el autor de un asesinato perteneciera a un grupo criminal. También se aplica esta pena cuando el reo hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas. Además de estas modificaciones del artículo 140 del Código Penal, esta condena se aplicaría en caso de homicidio del Rey, la Reina, el Príncipe o Princesa de Asturias, homicidio de un jefe de Estado de un país extranjero, en caso de un delito de genocidio o de lesa humanidad.

Aunque la oposición tildó ya en su día esta pena como «cadena perpetua», lo cierto es que no es tal. La prisión permanente revisable exige que, después del cumplimiento de una parte relevante de la condena, quede acreditada la reinserción del penado para que se revise el caso y se permita la puesta en libertad del condenado si cumple los requisitos recogidos en el art. 92, entre ellos que el penado haya cumplido 25 años de su condena (o más según el número de delitos cometidos y de su naturaleza, ), que se encuentre clasificado en tercer grado, que el tribunal determine la existencia de un pronóstico favorable de reinserción social, etcétera. Cumplida esa parte de la condena, es el tribunal el que debe verificar, al menos cada dos años, el cumplimiento del resto de requisitos de la libertad condicional del reo, así como las peticiones del penado.

El pasado 10 de octubre y a iniciativa del Partido Nacionalista Vasco, el Congreso admitió a trámite la derogación de la prisión permanente revisable, en vigor desde el 1 de julio de 2015. La admisión a trámite de la derogación fue aprobada con 162 votos a favor, 129 en contra y 31 abstenciones. La izquierda y los independentistas votaron a favor, el PP en contra y Ciudadanos se abstuvo. Actualmente esta proposición se encuentra en trámite de enmiendas en la Comisión de Justicia y dependerá de los partidos de izquierda acelerar su trámite parlamentario a lo largo del periodo de sesiones. Conviene recordar que las modificaciones del Código Penal deben realizarse a través de Leyes Orgánicas, por lo que es necesaria la mayoría absoluta en la Cámara Baja, algo que no está asegurado a tenor de la votación para su admisión a trámite.

El PP –junto a sus socios Foro Asturias y Unión del Pueblo Navarro– es el único partido que defiende su continuidad. El diputado Leopoldo Barreda ya alertó de que «el PSOE y Ciudadanos tendrán que explicar por qué hay que rebajar las penas a los terroristas que atentaron en Barcelona este verano o al asesino de Diana Quer si al final resulta que también hubo delito sexual».

Para Juan Carlos Campo, del PSOE, «la finalidad de una pena debe ser responsabilizar al culpable, pero también resocializar al delincuente», un argumento válido para denostar la cadena perpetua, pero difícilmente aplicable a una pena que mantiene la puerta abierta a la libertad condicional del reo. La posición equidistante de Ciudadanos ha sido criticada como «oportunismo político» y «postureo». Y los partidos independentistas y la extrema izquierda tachan de inconstitucional la medida, olvidando que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha avalado medidas penales análogas en Francia, Gran Bretaña, Italia o Alemania.