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Lo que el secesionismo no entiende

La Razón
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Algunos todavía están dilucidando sobre si hace un año, el 27 de octubre de 2017, se realizó o no una declaración unilateral de independencia, lo cual es absurdo porque la independencia, o se proclama legalmente o se proclama de facto, es decir, contra el Derecho, y entonces no importa el método porque históricamente hemos visto de todo al respecto. Companys la proclamó desde el balcón del Ayuntamiento de Barcelona en 1931 y en el de la Generalitat en 1934, con los resultados que todos conocemos. Da lo mismo firmando un papel que pronunciando un discurso, porque en todo caso no se ajusta a los requisitos legales.

Ningún Estado democrático actual accede a una segregación de parte de su territorio para formar un Estado independiente. Por ello, cuenta con instrumentos a su alcance para evitarlo, similares a nuestro artículo 155 de la Constitución, cuando no directamente mediante la coerción directa. Y los utiliza, aquí y en Estados Unidos, en Alemania o en Italia. La diferencia está en que en estos otros países cuando el Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional dejan claro que la secesión no es posible, se acatan las sentencias. Y si no se acatan, los instrumentos de coerción federal se aplican y se restaura el sistema.

La propia Unión Europea no acepta de ningún modo que un Estado miembro avale una secesión ilegal. El ataque al orden constitucional de un Estado se considera un ataque al sistema jurídico de la Unión, tal como ha afirmado repetidamente el Presidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani. Y cuando un Estado no respeta los valores de la Unión establecidos en los Tratados, se aplica, como se está haciendo con Polonia, el art. 7 del Tratado de la Unión Europea que puede privarle del voto en las instituciones si no rectifica. Si no se entiende esto es que no se comprende cómo funciona el mundo hoy en día.

Pero aquí y ahora, el secesionismo parece no entender mucho. Considera que el referéndum del 1-O legitima sus finalidades, porque, según ellos, el voto de dos millones de personas les avala. Saben perfectamente que una declaración unilateral no tiene ningún recorrido, ni jurídico ni político, porque nadie que tenga un mínimo peso les va a reconocer, como ya se ha comprobado. Pero se enzarzaron en un debate acerca de si bastaba con la adopción de las leyes de ruptura con España, el 6 y 7 de septiembre de 2017, o si, además, era necesario emitir una declaración unilateral de independencia, para que todo quedara bien claro. Pero, ¿tenía que emitirla el Parlament o tenía que ser el Gobierno quien lo hiciera? ¿Tenía que salir Puigdemont al balcón y hacer la proclama o el Parlament tenía que votarla?

Por una parte, convocaron a rodear el Parlament para defender la independencia en cuanto fuera proclamada. Por otra parte, con la entonces presidenta del Parlament al frente –Carme Forcadell–, se cercó la Ciudad de la Justicia, increpando a jueces y fiscales. La convocatoria en la que se suponía que se iba a proclamar la independencia fue recurrida y el Tribunal Constitucional suspendió el pleno, que fue convocado otro día, sin que constara nada sobre la Declaración Unilateral de Indepedencia (DUI) en el nuevo orden del día.

Los parlamentarios de los partidos constitucionalistas, avisados de lo que podía ocurrir, tuvieron que poner a buen recaudo todas sus pertenencias y acudieron al pleno en el que se suponía que se declararía la independencia con ropa de repuesto por si no podían abandonar el recinto. Hasta SegurCaixa rescindió la póliza de seguros del edificio del Parlamento, temiéndose cualquier cosa.

Así se llegó a votar una DUI, a desdecirse de ello, a firmarla y a guardarla en un cajón, por lo que pudiera pasar. ¿Era explícita la Declaracion Unilateral de Independencia? Tras una especie de preámbulo o exposición de motivos, se afirmaba que la mayoría de los ciudadanos de Cataluña habían votado en favor de la instauración de la república catalana y por lo tanto se constituía esa república catalana como Estado independiente y soberano, de derecho, democrático y social.

Hay que tener en cuenta que una declaración de independencia no es efectiva si no va acompañada de actos que la pongan en práctica. Éstos pueden ser de muy distinta índole: ocupación de lugares estratégicos, cartas conminatorias obligando a hacer algo, toma de medios de comunicación, etc. Ello es importante para asegurar que la comunidad internacional reconozca al nuevo Estado y para ello se necesita la aprobación en la Asamblea General de Naciones Unidas, a propuesta del Consejo de Seguridad (si no hay propuesta previa no hay votación y recordemos que en el Consejo, los 5 «grandes» tienen derecho de veto, entre ellos Francia que ha asegurado que no va a reconocer la DUI).