Ley de Memoria Democrática

Nacionalizaciones: nuevo toque del Consejo de Transparencia al Gobierno

Apercibe por segunda vez a Exteriores e insta a Justicia a aportar informes y el expediente completo de la instrucción que amplió los supuestos

 Argentinos realizan una fila en el Consulado de España en Buenos Aires para tramitar la ciudadanía en el marco de la Ley de Memoria Histórica de 2007
Argentinos realizan una fila en el Consulado de España en Buenos Aires para tramitar la ciudadanía de ese paísAgencia EFE

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) insta al Ministerio de Justicia a aportar el expediente completo de la instrucción sobre las nacionalizaciones por la Ley de Memoria Democrática y los informes jurídicos que lleva aparejado, así como las actas de las reuniones mantenidas entre representantes oficiales españoles con los colectivos de descendientes de españoles en América. Además, el organismo apercibe por segunda vez al Ministerio de Exteriores para que aporte las circulares que envió a los consulados relativas a los procesos de nacionalización de descendientes de españoles en el exterior, según sendas resoluciones a las que ha tenido acceso LA RAZÓN.

La cartera de Albares no ha accedido aún a la solicitud que se le requirió antes de las elecciones del 23J, lo que podría significar que ha optado por la interposición de un recurso con el fin de no tener que cumplir con la orden de Transparencia, y en el caso de la cartera de Pilar Llop, esta denegó en dos ocasiones la información que pedía un ciudadano particular.

La primera vez fue tras una petición del pasado 9 de febrero acerca del acta de la cita mantenida en octubre de 2022 con el Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Cedeu) y de la Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (Cgcee), entre otros, por la que se pedía aclaración sobre las negociaciones e intercambios que desembocaron en la Instrucción del 26 de Octubre de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre las nacionalizaciones en aplicación de la también llamada «Ley de Nietos». Y asimismo respecto a qué tipo de presiones «ha recibido esa Dirección General por parte de esas organizaciones» y «en qué manera la instrucción finalmente aprobada es mucho más amplia y estarían entrando mayores supuestos de los inicialmente previstos».

El 22 de febrero, Justicia denegó por segunda vez ofrecer estos datos apelando a que «se inadmitirán a trámite las solicitudes referidas a información que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, comunicaciones e informes internos o entre órganos o entidades administrativas».

El reclamante interpuso una nueva solicitud alegando que la «instrucción crea normas y disposiciones que afectan a la esfera jurídica de los ciudadanos, pues amplía los supuestos de adquisición de la nacionalidad española a los previstos en la Ley, y por lo tanto sí tiene carácter normativo y ha de ser necesariamente objeto de la Ley de Transparencia».

Después de que el CTBG avisara a Justicia, desde el ministerio insistieron en negar la demanda, por lo que el peticionario volvió a insistir, dando lugar a la última resolución del Consejo de Transparencia a su favor, en la que este organismo recuerda «el derecho de todas las personas a acceder a la información pública», entendiendo por tal «los contenidos o documentos que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones». Y asimismo que la ley «reconoce» un «derecho a acceder a informaciones (“contenidos o documentos”) previamente existentes en la esfera de poder de los sujetos obligados», como es el caso de «las actas de las reuniones» aludidas, según «consolidada doctrina» que «cuenta con el aval del Tribunal Supremo».

En consecuencia, y «con carácter general», el CTBG estima que «deberá concederse el acceso a los contenidos de las actas» y «los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados», con la exclusión de «aquellos datos o informaciones referidos a personas físicas identificadas o identificables que no formen parte de los órganos o entidades participantes y cuya identificación no resulte relevante».

De igual forma, y según la resolución de Transparencia, «la información obrante en un expediente administrativo en ningún caso puede ser considerada de carácter auxiliar o de apoyo», máxime si tiene «relevancia en la tramitación del expediente o en la conformación de la voluntad política del órgano, es decir, que sea relevante para la rendición de cuentas, el conocimiento de la toma de decisiones públicas y su aplicación».

Y recuerda además que la concesión del acceso a los informes «no siempre se circunscribe a los que integren el expediente pues, como ha declarado la Audiencia Nacional», a estos efectos, informes auxiliares «son los que tienen un ámbito exclusivamente interno, pero no los que pretenden objetivar y valorar, aunque sea sectorialmente, aspectos relevantes que han de ser informados».

Ante esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el Ministerio de Justicia puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

El ciudadano que pidió estos datos considera que Justicia «amplió de forma arbitraria el otorgamiento de la nacionalidad española mucho más allá del límite establecido por la Ley de Memoria Democrática, que era inicialmente solo para los descendientes de exiliados, para alcanzar a todos los que acrediten ser descendientes de españoles, con independencia de las razones de su salida de España». Esta nueva resolución del Consejo de Transparencia «acredita», en su opinión, « la opacidad y el secretismo con que se llevaron las nacionalizaciones masivas». Considera «evidente que la máxima responsabilidad en este asunto excede a la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública [Sofía Puente] y también excede a la propia ministra de Justicia, como también en su ámbito de competencia excede la figura de [José Manuel] Albares», porque «estamos hablando de un plan gubernamental que no se habría podido llevar a cabo si no fuera por el concurso o confluencia de una multiplicidad de ministerios que han actuado desde la ilegalidad y el secretismo».

Su esperanza es que «en estas fechas de investiduras se pongan sobre la mesa del debate político estas cuestiones que ponen en duda la legitimidad democrática del Gobierno en funciones».