España

¿Qué significa la pena de inhabilitación que ha impuesto el Supremo al fiscal general?

El proceso judicial se centró en determinar si García Ortiz filtró información confidencial sobre presuntos delitos de fraude fiscal, falsedad documental y emisión de facturas falsas cometidos por González Amador

Este jueves 20 de noviembre, alrededor de las 14:00 horas, el Tribunal Supremo (TS) emitió una de las resoluciones más relevantes del año en España: el Fiscal General del Estado (FGE), Álvaro García Ortiz, ha sido condenado a dos años de inhabilitación y a una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de secretos en relación con Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Además, deberá pagar 10.000 euros en concepto de indemnización por daños morales.

La decisión del Supremo contó con el respaldo de cinco de los siete magistrados que integraron el tribunal, caracterizado por su mayoría conservadora. En desacuerdo se posicionaron las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, quienes emitieron un voto particular.

El proceso judicial se centró en determinar si García Ortiz filtró información confidencial sobre presuntos delitos de fraude fiscal, falsedad documental y emisión de facturas falsas cometidos por González Amador. El juicio se desarrolló entre el 3 y el 13 de noviembre, durante los cuales testificaron los principales implicados, incluidos periodistas, el propio FGE, González Amador y Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso.

Claves de la condena

  • El Tribunal Supremo ha considerado a García Ortiz responsable de un delito de revelación de datos reservados, según el artículo 417.1 del Código Penal, aunque lo absuelve de otros cargos, como prevaricación o infidelidad en la custodia de documentos.
  • La condena implica que el fiscal general no podrá ejercer su cargo durante dos años, aunque podrá aspirar a otros puestos públicos tras cumplido ese plazo.
  • Además de la inhabilitación, deberá pagar una multa de 7.200 euros y la indemnización de 10.000 euros a González Amador por daños morales.
  • La sentencia, comunicada a las partes aunque aún no publicada oficialmente, no admite recurso ante el Supremo. No obstante, García Ortiz podría recurrir ante el Tribunal Constitucional alegando vulneración de derechos fundamentales, siempre que se presente un incidente de nulidad.

En el escrito oficial, el tribunal señala: "Debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, art. 417.1 del Código Penal, a la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales".

García Ortiz no podrá desempeñar el cargo público afectado

La pena de inhabilitación impide a García Ortiz desempeñar el cargo público afectado y cualquier función vinculada durante los dos años de condena, aunque, una vez concluido este período, podría optar nuevamente a puestos similares. Sin embargo, expertos señalan que la sentencia podría afectar de manera significativa su reputación y futuro profesional.