Ejecución de impagos
El Registro de Impagados Judiciales de la Abogacía Española permite recuperar una deuda de 2020 en 39 días
La cláusula se incluye en los escritos de los procedimientos judiciales para agilizar la ejecución de los impagos
El Registro de Impagados Judiciales (RIJ), el sistema de notificación judicial desarrollado por el sistema de información crediticia de la Abogacía Española, ha conseguido reducir drásticamente el cobro en las ejecuciones de impagados. En un juzgado de Ibiza, en el que el acreedor llevaba desde el año 2020 pendiente de cobrar una deuda con resolución judicial firme, ha conseguido recuperar su dinero en 39 días, tras incluir la cláusula RIJ en el procedimiento judicial para la ejecución del impago.
Este caso se suma al de otro acreedor que cobrará la deuda en menos de 50 días en un juzgado de San Sebastián, frente a los más de 40 meses de media que tardan las ejecuciones de impagados, según datos de la última memoria del Consejo General del Poder Judicial.
El uso de la cláusula RIJ permite que el deudor sea informado, vía judicial, de la voluntad de la acreedora de incluirle en el fichero de morosos de la Abogacía Española. "Es entonces, cuando el deudor demandado decide hacer frente al pago, ya que, en caso de no hacer frente a las obligaciones dinerarias, tendrán que enfrentarse a las consecuencias que tiene esta exposición pública de la deuda en el RIJ", señala el director general registro, Enrique Rodríguez Zarza. Por ejemplo, tendrá dificultades al pedir un préstamo o si quiere comprarse una lavadora con financiación.
Este instrumento facilita que la deuda gestionada por los despachos y departamentos jurídicos de las empresas sea accesible al sistema financiero y empresarial a través del acuerdo con INFORMA y Experian, que acelera la tasa de recobro de deudas impagadas.
El sistema de notificación de la deuda, a través de los escritos judiciales, garantiza el derecho al honor del deudor, que tendrá la oportunidad de manifestar su acuerdo o desacuerdo con la deuda y le permitirá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición o supresión, pero no podrá negar el desconocimiento de la deuda reclamada judicialmente ni se verá sorprendido por la inclusión en el fichero, al haber sido notificado. De este modo, se evitan inclusiones indebidas que vulneren su derecho al honor.
El fichero RIJ de la Abogacía Española es abierto y gratuito y lo puede consultar cualquier persona con interés legítimo, por ejemplo, a través de su abogado. "Esta operativa ha supuesto la democratización de los tradicionales Sistemas de Información Crediticia, permitiendo que particulares, autónomos, pymes o empresas puedan reclamar, publicar, compartir y consultar deudas", señala Rodríguez Zarza.
El juzgado de primera instancia de Marbella fue uno de los primeros en dar por válido la forma de comunicación del fichero, ordenando dar traslado de la cláusula RIJ al deudor demandado en un procedimiento de ejecución, a partir de ahí se han ido sumando distintos Juzgados con resultados satisfactorios.
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