Amnistía

El Supremo avala que dos policías y Dignidad y Justicia acusen en la investigación del "caso Tsunami"

La Sala, que debe decidir si abre una investigación a Puigdemont, acepta la personación de los dos agentes heridos y de la asociación de víctimas

Incidentes tras la manifestación convocada por Tsunami Democratic por el partido entre el FC Barcelona-Real Madrid en el Camp Nou, a 18 de diciembre de 2019 18 diciembre 2019
Incidentes tras una manifestación convocada por Tsunami Democràtic en 2019Ep/ Zorraquino

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) ha aceptado la personación como acusación de dos agentes heridos en las protestas de Tsunami Democràtic y de Dignidad y Justicia en las diligencias abiertas para determinar si investiga a Carles Puigdemont por terrorismo, como le ha pedido el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón y defienden la mayoría de integrantes de la Junta de Fiscales del alto tribunal. En una diligencia de ordenación, "se tienen por personados" tanto a los dos policías nacionales, que ejercen la acusación particular en la causa que se instruye en la Audiencia Nacional, como a la asociación de víctimas, que es acusación popular en ese procedimiento.

Tanto la defensa de los dos agentes como la asociación que preside Daniel Portero solicitaron su personación en las actuaciones abiertas después de que García Castellón remitiese al Supremo una exposición razonada solicitando la imputación de Carles Puigdemont, como supuesto integrante de la cúpula de la plataforma independentista que protagonizó las protestas contra la sentencia del "procés" en 2019, y del diputado de ERC, huido a Suiza, Ruben Wagensberg.

Los agentes esgrimieron las "lesiones" que sufrieron en "los actos de terrorismo que se produjeron en la jornada de huelga" -que obligaron a uno de ellos a retirarse del servicio con 45 años- convocada por Tsunami para ejercer la acusación como perjudicados. Este es, precisamente, uno de los indicios que ha llevado a García Castellón a considerar los disturbios -que incluyeron la toma del aeropuerto del Prat y el bloqueo de la AP-7 en el paso fronterizo de La Junquera- desórdenes públicos de carácter terrorista.

La defensa de los dos policías, que ejerce el despacho Fuster-Fabra, califica de "terrorismo callejero" los altercados que se produjeron en la jornada de huelga el 18 de octubre de 2019.

Lanzamiento de piedras, tornillos y bolas de petanca

Los dos policías estaban de servicio ese día en el Equipo de Mando y Apoyo del jefe de la II UIP con un objetivo: la protección de la Jefatura Superior de Policía. Según el relato de hechos que la defensa de los agentes hizo en su petición de personación en la Audiencia Nacional, la actitud de los asistentes "comenzó a tornarse muy violenta" a mediodía, produciéndose el lanzamiento de todo tipo de objetos contundentes (botellas de cristal llenas, piedras, tornillería, rodamientos metálicos, latas de cerveza, etc.) en un ambiente de "creciente hostilidad".

Sobre las dos de la tarde, un grupo de encapuchados comenzaron a lanzar de nuevo objetos contundentes a los agentes recurriendo a "técnicas de combate similares al terrorismo callejero practicado en comunidades autónomas como el País Vasco". Uno de los policías fue alcanzado por una botella en su mano derecha, siendo trasladado a la Jefatura Superior para ser atendido.

Sobre las ocho de la tarde, encontrándose en la Plaza de Urquinaona, donde se produjo el lanzamiento de "adoquines, piedras, bolas metálicas de petanca, bengalas, cócteles molotov, ácido y material metálico de bricolaje", el agente "recibió un impacto muy fuerte de un objeto lanzado por los manifestantes que golpeó sobre el lado derecho de su casco, cayendo al suelo desplomado y perdiendo el conocimiento por completo".

El otro policía recibió en el mismo lugar "un fuerte impacto en su mano", sufriendo "una grave fractura abierta en el radio de su brazo derecho" que, tras varias intervenciones quirúrgicas, le forzó a jubilarse a los 45 años.

Para los abogados de los policías, el objetivo de "alterar la paz pública y subvertir el orden constitucional", fines característicos del terrorismo, está presente "de manera innegable" en la investigación de la organización Tsunami Democràtic".

El instructor defiende que esos ataques son incompatibles con el derecho a la vida e integridad física que consagra el artículo 15 de la Constitución y el artículo 2 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, un supuesto excluido de la amnistía según la última redacción de la proposición de ley.