Opinión

Trumpismo electoral

El recurso del PSOE sobre el voto nulo pone en entredicho la honestidad y limpieza del procedimiento

Elecciones generales, voto, urnas EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 01/01/1970
Elecciones generales, voto, urnasEUROPA PRESSEuropa Press

Desde la atalaya de la incomprensión de esta «nueva ¿política?», todavía pensaba que se respetarían en España los resultados electorales. Pero observo que ya ni eso se respeta, al menos en el caso de Madrid. Y digo lo anterior destacando desde el principio que el nuestro es un procedimiento electoral modélico y además tremendamente garantista.

En uso de su derecho, y después de las resoluciones contrarias a su pretensión por parte de la Junta Electoral Provincial y de la Junta Electoral Central (JEC), el PSOE ha recurrido ante el Tribunal Supremo los resultados alcanzados, aludiendo a la escasa diferencia entre ellos y los populares en el reparto del último escaño en dicha circunscripción capitalina. De esta manera, piden los primeros que se revisen todos los votos nulos con el fin de que dicho escaño vuelva a ser adjudicado a sus filas.

Estamos ante una «causa general», infundada, que pone en juego la honestidad y limpieza del procedimiento electoral por el cual se legitima el sistema democrático. Y en determinados procesos esenciales, sistémicos, no cabe introducir duda alguna de manera gratuita. Así, a la luz de los últimos resultados electorales, si damos por bueno, y generalizando el argumento de la escasa diferencia en votos entre diferentes listas, debería realizarse nuevo escrutinio general en varias provincias españolas más. Con ello surgirían dudas evidentes y pondríamos en almoneda el sistema electoral y, por tanto, los resultados alcanzados. Eso sí, ¡solo los que no les gusten a unos o a otros! ¿No les suena la canción? Donald Trump empieza a aparecer en la escena española. ¿O solo es peligroso dudar del sistema cuando se pone en tela de juicio el resultado electoral en Estados Unidos?

Vayamos por partes. Los madrileños miembros de las mesas electorales merecen un respeto que el PSOE parece que no les tiene. Las competencias de esa «primera línea» de defensa de la limpieza electoral, que somos nosotros, todos los ciudadanos, quedan en entredicho con el recurso presentado por el PSOE, dando a entender que, o bien por simple estulticia –generalizada, eso sí– o, lo que es peor, mediante un contubernio entre ellos, más de 20.000 presidentes y vocales que han compuesto las mesas electorales, se han puesto de acuerdo para «inflar» el voto nulo y «quitar» un escaño a los seguidores del señor Sánchez. Por cierto, tampoco parece fiarse mucho este partido de sus propios interventores y apoderados que, ante semejante «pucherazo» no observaron nada o, al menos, no lo hicieron constar en las correspondientes actas.

Y para mayor inri, el PSOE pide la revisión de los votos nulos de manera extemporánea, es decir, fuera de plazo. Explico ambas cuestiones, de fondo y de forma, para que sean entendibles.

En cuanto al fondo, tanto la Junta Electoral Provincial como la Junta Electoral Central indican que no se puede abrir una «causa general» sin prueba alguna de que hay votos nulos que pueden ser, sobre todo, socialistas. Textualmente, la JEC indica que «(…) lo que pretendió el partido recurrente es revisar los votos declarados nulos en las 7118 Mesas electorales de la Comunidad de Madrid, sin ninguna especificación concreta sobre las causas para revisar la calificación de nulos por las Mesas electorales». La Junta Electoral Provincial, con un amplio razonamiento, denegó esta revisión, «sin perjuicio de proceder a revisar las incidencias que procedan».

Con esta última frase se refiere la administración electoral a que, obviamente, si se observan irregularidades concretas, otro gallo cantaría. En otras palabras, y como ha reconocido el Tribunal Constitucional en su sentencia 159/2015, si hubiera una base cierta, probada (en concreto, el Alto Tribunal se refería a una diferente tintada en los votos enviados por correo por una candidatura que diferían de la general y que se declararon nulos) la resolución podría haber sido otra. Pero no es el caso.

En lo tocante a las cuestiones formales, procedimentales, el PSOE también se salta a la torera la normativa electoral. Así, la JEC indica que «(…) debe tenerse en cuenta que la Junta Electoral Provincial no negó que se pudieran impugnar los votos nulos consignados en las actas, sino que estas reclamaciones debían realizarse en el momento procedimental oportuno (…). No se trata de que los votos nulos no puedan ser impugnados, sino de que ese cuestionamiento debe hacerse en el momento procedimental oportuno, tras la conclusión del recuento de los votos consignados en las actas de las Mesas electorales».

A más a más, destaco yo, si la JEC, o la posible resolución del Tribunal Supremo, diera la razón a la desconfianza del PSOE hacia esas mesas electorales madrileñas, se vaciaría de manera bastarda todo el procedimiento electoral, extremadamente garantista dicho sea de paso, que establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), suprimiendo ilegalmente gran parte de las competencias de las mesas electorales, de los ciudadanos que, como decía, constituimos la primera y fundamental línea defensiva ante posibles pucherazos.

Cualquier partido puede, y debe, acudir a la administración electoral, a la Justicia ordinaria y a la Constitucional, si observa razones concretas que puedan adulterar el resultado electoral, ¡faltaría! Pero no pueden deslegitimar el sistema sin motivo alguno. No se puede, o no se debe, en fin, jugar con fuego.

José Manuel Vera Santos es Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Rey Juan Carlos y editor de www.constitucionparatodos.com