Chapuza legislativa

Yolanda Díaz e Irene Montero cambian dos veces en un día la misma ley y nadie sabe cuál está en vigor

Los ministerios de Igualdad y Trabajo modificaron el mismo artículo de la misma ley, el mismo día, provocando una situación insólita en el Boletín Oficial del Estado

Irene Montero y Yolanda Díaz durante una sesión del pleno del Congreso de los Diputados.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, y la de Trabajo, Yolanda Díaz Alberto R. RoldánLa Razón

"El artículo 16.1. c) de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) fue modificado dos veces el mismo día por dos leyes que se publicaron simultáneamente: la Ley de Empleo y la Ley Trans. El BOE no sabe qué redactado se encuentra en vigor". Este escueto mensaje publicado en redes sociales por el abogado laboralista Robert Gutiérrez ha destapado una nueva "chapuza" legislativa del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Para entendernos, el Ministerio de Trabajo, que dirige Yolanda Díaz, y el de Igualdad, dirigido por Irene Montero, modificaron el mismo artículo de la misma ley, el mismo día. ¿Consecuencia? El caos absoluto en el Boletín Oficial del Estado.

Un asunto que, a juicio de este abogado laboralista "no es baladí". Así, explica que "la Ley 3/2023 establece como infracción administrativa establecer condiciones que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos, entre otros, de salud", mientras que la "Ley 4/2023 elimina dicha mención a la salud".

Los dos redactados

En concreto, la que procede del Ministerio de Yolanda Díaz establece que será considerada infracción muy grave "solicitar datos de carácter personal en cualquier proceso de intermediación o colocación o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Por su parte, el redactado de la normativa de Igualdad considera infracción grave "Solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de sexo, origen, incluido el racial o étnico, edad, estado civil, discapacidad, religión o convicciones, opinión política, orientación e identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación sindical, condición social y lengua dentro del Estado".