Política

Audiencia Nacional

Archivada la causa contra los acompañantes de Puigdemont porque desconocían la OEDE

El juez pregunta a la Fiscalía si pone en busca y captura al empresario Matamala, en paradero desconocido

Josep Lluis Alay Rodríguez, el historiador que acompañaba al ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania. EFE/Marta Pérez
Josep Lluis Alay Rodríguez, el historiador que acompañaba al ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania. EFE/Marta Pérezlarazon

El juez pregunta a la Fiscalía si pone en busca y captura al empresario Matamala, en paradero desconocido

Los cuatro acompañantes de Carles Puigdemont cuando el ex president fue detenido en Alemania el pasado 25 de marzo, durante su regreso a Bruselas desde Finlandia, no sabían que el juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena había reactivado la euroorden contra él cuando fueron interceptados por la Policía germana. Así lo considera el magistrado de la Audiencia Nacional Diego de Egea, que ayer acordó el archivo provisional de la investigación abierta contra el empresario Josep Maria Matamala, el historiador Josep Lluís Alay y dos mossos d´Esquadra ante la “ausencia de mínimos indicios racionales y objetivos” de la comisión de un delito de encubrimiento. En la resolución en la que acuerda la medida, el instructor pregunta además a la Fiscalía si procede dictar una orden de búsqueda internacional y detención contra Matamala, que se encuentra en paradero desconocido y a quien no pudo citar para tomarle declaración en relación con estos hechos.

De Egea subraya que para imputarles ese encubrimiento es necesario que conociesen la comisión de un delito de rebelión por parte de Puigdemont, al castigar el delito a quien “sin tener participación en un delito anterior cuya comisión conoce, ayuda al responsable del mismo a eludir la acción de la Justicia o aprovecharse de los efectos del delito”.

Pero de las diligencias practicadas, sostiene el magistrado en su resolución, “se deduce que los cuatro investigados no tenían conocimiento de la activación de la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) de la persona que acompañaban”, pues la detención de Puigdemont se produjo, recalca, sólo “dos días después de la activación de dicha orden” el 23 de marzo pasado. De Egea recuerda que este delito no puede cometerse por imprudencia, descuido o negligencia, por lo que “no existiendo indicios racionales” de que tuviesen conocimiento de la existencia de esa euroorden, acuerda el archivo provisional de las actuaciones, que se iniciaron el pasado mayo tras una querella de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Aunque, avisa, podría reabrirse “en caso de descubrirse nuevos elementos de prueba” que lo justifiquen.