El Gordo
Siete consejos antes de comprar y compartir lotería de Navidad
Un décimo es un documento al portador que, en caso de ser premiado, puede ser cobrado por la persona que lo tenga en su poder.
Como cada año desde 1812, los españoles buscan la suerte en las voces de los niños de San Ildefonso. Este 2022, cada español gastará una media de 70 euros en la Lotería de Navidad, 10 euros menos que el año pasado.
También como con cada sorteo de El Gordo, la OCU proporciona unos consejos a tener en cuenta para no llevarse sorpresas en caso de que nuestro décimo resulte premiado. Así, hay que tener claro que un décimo de lotería es un documento al portador que, en caso de ser premiado, puede ser cobrado por la persona que lo tenga en su poder.
De esta forma, si se comparte lotería, es recomendable que el depositario del décimo lo fotocopie y entregue a cada participante una copia firmada con su nombre y su DNI. Además, debe indicar qué persona juega en ese número, serie, fracción y sorteo así como la cantidad de euros determinada. De la misma, una foto del décimo enviada por email o por WhatsApp sirve de prueba siempre y cuando aparezcan los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno.
A la hora de cobrar un premio compartido también hay que tener en cuenta varios aspectos. La OCU recomiendo no cobrar la totalidad del importe sin identificar antes a los otros participantes, ya que al repartirlo puede parecer que se está donando el dinero, lo que obligaría al pago del impuesto de donaciones. Además, hay que tener en cuenta que Hacienda retiene automáticamente el 20% de la parte del premio que exceda del mínimo exento de 40.000 euros por cada décimo, no por cada persona agraciada. Es decir, se descuenta el impuesto y después se reparte la cantidad neta entre los partícipes. El premio no se declara en el IRPF, los rendimientos que genere, sí.
Así, se debe identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación. Una vez hecho esto, los bancos pueden abonar el premio entero (después de descontar el importe por el cual se tributa) en la cuenta de la persona que ya es titular de una cuenta en ese banco y que después repartirá según lo convenido.
En caso de encargar o intercambiar décimos, la OCU recomienda recogerlos y pagarlos antes del sorteo para que luego no haya problemas.
Por otra parte, en caso de que se compre la Lotería de Navidad por internet hay que asegurarse de que se hace en una página oficial de una administración de lotería autorizada. También se puede hacer directamente en la web de Loterías y Apuestas del Estado; en este caso se debe elegir un punto de venta asociado, que puede ser cualquiera de las administraciones de lotería que hay en España. Al comprar online se recibe un comprobante electrónico de los décimos adquiridos: ese documento electrónico tiene la misma validez legal que el décimo en papel y acredita la propiedad del décimo. Los décimos originales se depositan en la caja fuerte de la administración de lotería.
Pérdida del décimo
Por otra parte,en caso de que se pierda un décimo o sea robado, es fundamental presentar una denuncia ante la Policía Nacional o Guardia Civil del lugar donde ocurrió el hecho. Aquí debe constar todos los datos que tenga y aportar fotocopias o fotos del décimo para identificar el número, la serie y la fracción. Con la denuncia hay comunicar por escrito la pérdida o sustracción al organismo de Loterías y Apuestas del Estado. Gracias a esta denuncia es posible paralizar el cobro del premio hasta que el juez resuelva quién es el verdadero dueño.
Para cobrar un premio inferior a 2.000 euros se puede hacer en cualquier punto de venta de la red de Loterías. Si se ha comprado el décimo premiado por Internet, se ingresa el importe de manera automática en la cuenta de usuario que posteriormente se puede transferir a la cuenta bancaria que se desee. A partir de 2.000 euros se cobra en una de las entidades bancarias colaboradoras, cuya lista se puede encontrar en la web de Loterías y Apuestas del Estado.
Si el décimo se estropea hay que enviarlo a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, que determinará si se puede cobrar el premio. Y si está muy irreconocible, será la Fábrica Nacional de La Moneda y Timbre la que se pronuncie. Es importante no intentar recomponerlo ni manipularlo.
Por último, la OCU recuerda que los bancos colaboradores no podrán cobrar ninguna comisión, ni exigir contraprestación. Además hay que recordar que el derecho a cobrar los premios caduca a los tres meses contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo.
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