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El ex jefe policial de Coslada, tras el revés del Supremo: «Solo retrasa la firmeza de la sentencia»

El TS ordena a la Audiencia Provincial revisar la sentencia por la que absolvió a Ginés Jiménez valorando dos autos, sobre un registro y unas escuchas, que se consideraron nulos. La sentencia ya valoró esas prueba, por lo que no cambiará el sentido de la misma

El ex jefe de la Policía Local de Coslada, Ginés Jiménez
El ex jefe de la Policía Local de Coslada, Ginés JiménezJavier Fdez.-Largo

El Tribunal Supremo ha ordenado a la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid que dicte una nueva sentencia sobre el denominado “caso Coslada” teniendo en cuenta dos autos que fueron declarados nulos. Tras una década de instrucción, después de haber sido imputados hasta 40 personas (en 2008 se detuvieron a 26 policías locales), finalmente solo 12 fueron a juicio. La Fiscalía pedía para Ginés Jiménez Buendía, ex jefe de la Policía Local de Coslada y presunto cabecilla de la supuesta trama, 23 años de prisión por extorsión, amenazas, cohecho, depósito y tenencia ilícita de armas y blanqueo. Finalmente, tanto él, como su mujer y su hijo y el resto de imputados, todos fueron absueltos en una sentencia dictada en mayo de 2018. Mientras el Ministerio Público descartó un recurso, el Ayuntamiento de la localidad sí lo hizo ante el Supremo pero solo contra la familia Jiménez-Buendía.

Registro y escuchas nulos

Ahora, el Supremo se ha pronunciado y obliga a la Audiencia Provincial a tener en cuenta dos autos que consideró nulos y que tienen que ver con la entrada y registro en la vivienda del ex jefe policial y con respecto a las escuchas telefónicas. Es decir, el Supremo insta a la Audiencia a dictar una nueva sentencia teniendo en cuenta esos autos que sí considera válidos. Sin embargo, el propio Jiménez recordó que en la sentencia, a pesar de considerar esos autos nulos, la sentencia sí entró a valorar la prueba.

Así, con respecto a la entrada y registro en la vivienda familiar de Coslada, donde encontraron armas, la Sección 17 explicó que, en caso de valorar la prueba, aquellas armas eran de colección y su propietario contaba con las licencias necesarias.

Con respecto a las escuchas, la Sala admite que los autos de tales resoluciones judiciales no presentaban una motivación muy extensa ni intensa y que hoy, tras la LO 13/2015 no hubieran pasado el filtro de convalidación pero “en la fecha de su dictado se encontraba vigente la doctrina de la motivación por remisión al oficio policial y esto es lo que ocurre en el caso de autos”.

Por eso, en la sentencia, con ponencia de Julián Sánchez Melgar, la Sala declara que, junto con el apoyo del Ministerio Fiscal, "los indicios que se ponen de manifiesto son suficientes para poder dictar el auto de intervención telefónica, validando la injerencia, a los efectos de lo disciplinado en el artículo 18.3 de nuestra Carta Magna".

Sin embargo, tampoco apreciaron indicios de delito y ya se escucharon en sala, durante la vista oral, a los testigos propuestos por Fiscalía y acusación. Es decir, que ya se tuvo en cuenta la testifical de los (en su día) denunciantes.

“Solo ralentiza el proceso”

Por todo ello, el ex policía se mostraba ayer “tranquilo” al estar convencido de que la Sala que le juzgó ya se había pronunciado sobre las pruebas que ahora consideran válidas, por lo que no considera que vaya modificar su sentencia absolutoria. Como fue el Ayuntamiento el que recurrió, Ginés dijo ayer que “saben perfectamente que no va a afectar a la absolución. “Lo hacen para demorar en el tiempo que la sentencia sea firme y ralentizar todo el proceso”, dijo ayer a LA RAZÓN. “El alcalde (Ángel Viveros) debería estar más preocupado por los 3 años y 9 meses de prisión que pide para él la Fiscalía que por un proceso judicial que solo responde a su obcecación y animadversión personal contra mi”. Una vez que la sentencia de absolución sea firme, el Estado deberá indemnizarle por el tiempo que estuvo en prisión provisional acusado de unos delitos que la Audiencia considera que no cometió. De hecho, cuando quedó absuelto, explicó cómo fueron esos diez años en la primera entrevista concedida a un medio de comunicación.