Coronavirus
Cómo comprar medicamentos sin salir de casa
El Colegio de Farmacéuticos de Madrid abre una vía, de forma excepcional, para poder hacerlo
Desde que el gobierno decretara el Estado de Alarma y prohibiera a todo el mundo salir de casa, excepto en los casos de urgente necesidad, ha aumentado la inquietud entre las personas más vulnerables, con enfermedades crónicas o dependientes sobre cómo podrán acceder a los fármacos que necesitan para su vida diaria. Si no pueden salir de casa, ¿cómo van a comprar las medicinas? Podrían recurrir a familiares o amigos, que se acercaran con su tarjeta para adquirirlos, pero ellos tampoco pueden salir de casa. Además, durante los primeros días se produjeron grandes colas en las puertas de las farmacias porque la gente quería hacer acopio de medicinas, lo que impedía guardar la distancia mínima de seguridad.
Para solucionar este problema y brindar seguridad al colectivo de personas mayores y las dependientes, el Colegio de Farmacéuticos de la Comunidad de Madrid ha remitido un documento a todas las farmacias por las que se permite la dispensación de los medicamentos a domicilio bajo una serie de condiciones y ha recordado que cualquier otra forma de entrega de fármacos, como es la de los mensajería o la de aplicaciones móviles, no son legales.
El documento, al que ha tenido acceso LA RAZÓN explica que “en el marco de las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno de España y la Comunidad de Madrid a consecuencia del COVID-19 y para garantizar el acceso y la continuidad de los medicamentos de aquellas personas que deben permanecer aisladas en su domicilio, especialmente personas mayores con tratamientos crónicos, y provisionalmente mientras duren las medidas, desde el Colegio se propone un ‘Procedimiento de actuación profesional para la dispensación de medicamentos en el domicilio’”.
Este procedimiento, continúa la circular “requiere, en la primera entrega a un paciente, rellenar la solicitud de la firma de consentimiento informado y aceptación de la misma, previa a la dispensación en el domicilio”, para lo cual ha elaborado un modelo de documento que está accesible para todos los farmacéuticos a través de internet.
Asimismo, el documento recomienda llevar un registro “por cada actuación profesional realizada en el domicilio” para garantizar que los clientes hacen un uso adecuado de los medicamentos.
Para evitar que haya farmacias que traten de hacer negocio con esta situación excepcional, el Colegio de Farmacéuticos recuerda que la “normativa impide a las farmacias publicitar cualquier servicio y, especialmente, los relacionados con la dispensación de medicamentos”.y añade que las medidas de dispensación a domicilio se han habilitado, para todas las farmacias de Madrid, “con el único objetivo de facilitar el acceso de medicamentos a ciertos sectores de la población, pero que ni se deben publicitar ni utilizar de forma ilícita ni para beneficio particular”.
Además, añaden que cualquier información que llegue al Colegio sobre prácticas desleales “será denunciada a la autoridad correspondiente”.
¿Qué requisitos hay que cumplir para que me sirvan los medicamentos?
En primer lugar, es una medida opcional. Es decir, las farmacias no están obligadas a hacerlo. Puede darse el caso de que el propietario de alguna botica no acceda a ello porque, por ejemplo, puede quedar expuesto al contagio ya que son pocas las personas que han podido acceder a mascarillas y guantes de protección.
En el caso de que la farmacia acceda a servir los medicamentos, ¿cómo debe proceder el cliente? En primer lugar, debe contactar con la farmacia: El paciente, o una persona en su nombre, deberá llamar a la farmacia habitual de su zona de proximidad, se identificará y solicitará los medicamentos que precise de su prescripción médica de receta electrónica o en receta papel en caso de mutualidades o clínicas privadas.
Acceso a las prescripciones disponibles de la receta electrónica: El farmacéutico comprobará su identidad y mediante el número CIP (código de identificación personal en el Sistema de Información de Tarjeta Sanitaria) y accederá a la receta electrónica. En el caso de se soliciten medicamentos psicótropos, se solicitará el número de DNI del paciente o solicitante.
Solicitud del paciente de los medicamentos que precise: De todos los medicamentos prescritos se dispensarán sólo los que el paciente necesite durante el periodo de dispensación de 28 días. Cuando se le vayan a acabar, podrá volver a solicitarlos si siguen dados de alta en su tarjeta electrónica.
Identificación e información de los medicamentos dispensados: El farmacéutico informará o recordará al paciente la indicación, posología y pautas de administración, garantizando el uso correcto, e informará de posibles reacciones adversas, interacciones o situaciones con el paciente. En caso de medicamentos que por existir diferentes marcas o formatos existan dudas, el farmacéutico se asegurará de cuál es el que habitualmente utiliza, para garantizar la adherencia y evitar errores.
Otros medicamentos que no están en la receta electrónica: En este caso, el farmacéutico comprobará la idoneidad del medicamento solicitado con los síntomas descritos y lo añadirá o rechazará.
Medicamentos de administración especial. Esta categoría engloba los inhaladores, colirios o inyectables. El farmacéutico recordará al cliente el correcto uso de los mismos y cuales son sus principales características. También lo hará con los medicamentos con posología semanal, quincenal o mensual y de administración sublingual o bucodispersable.
Finalizada la dispensación: El farmacéutico informará y emitirá un resguardo con las fechas de las siguientes dispensaciones, así como el ticket de compra.
Información del servicio y de la entrega: El farmacéutico informará sobre una estimación del plazo de entrega en su domicilio. En la primera entrega, se solicitará la firma de un consentimiento informado y aceptación de la misma previa a la dispensación en domicilio.
Entrega de los medicamentos: El personal de la farmacia acudirá al al domicilio para la entrega con las debidas medidas de protección y comprobará la identidad del paciente mediante.
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