Movilidad
Piden al Defensor del Pueblo que Madrid prorrogue la no aplicación de las prohibiciones de las ZBE
Según la Ordenanza municipal, el 1 de enero de 2025 no podrán circular los vehículos sin distintivo medioambiental, pese a estar censados en la capital
Los recursos para que el Ayuntamiento de Madrid no aplique el próximo 1 de enero las prohibiciones de circulación de millones de automóviles por el centro de la ciudad han llegado ya al Defensor del Pueblo. Concretamente, la entidad dedicada a la defensa de los conductores Dvuelta, ha solicitado a este organismo en un escrito presentado esta misma semana, que inste al Ayuntamiento de Madrid a prorrogar aquellos aspectos de la Ordenanza de Madrid 360 que entran en vigor el próximo 1 de enero relativos a la prohibición de circular por la capital a los vehículos sin distintivo medioambiental, también llamado “distintivo A”, que son los diésel anteriores a 2006 y gasolina previos al año 2000.
Esta prohibición afectará a centenares de miles de vehículos en toda España, cuyos propietarios tendrán que vender o achatarrar sus automóviles para poder acceder a su cuidad y afrontar el enorme gasto de adquisición de un coche nuevo. Precisamente quienes conducen vehículos sin distintivo son los de menor poder adquisitivo, a quienes ahora se obliga a realizar un desembolso que la mayoría no pueden afrontar. Dvuelta destaca que estos conductores no usan esos vehículos por gusto, sino por no poder comprar otros más modernos.
Según el escrito remitido al Defensor del Pueblo, la normativa que entra en vigor el 1 de enero de 2025 “podría afectar de manera desproporcionada a aquellos ciudadanos con menor capacidad económica. Estos ciudadanos podrían verse obligados a adquirir vehículos nuevos o adaptados para cumplir con la normativa, lo que no todos pueden permitirse”. La entidad demandante recuerda al Defensor del Pueblo que “desde el punto de vista jurídico, la Constitución Española, en su artículo 14, establece el derecho a la igualdad y prohíbe cualquier forma de discriminación. Asimismo, el artículo 9.2 de la misma Constitución garantiza el derecho a la protección de los ciudadanos por parte de los poderes públicos. En este sentido, la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones podría interpretarse como una medida que, aunque con buenas intenciones medioambientales, no tiene en cuenta las desigualdades sociales existentes, lo que podría resultar en una vulneración del principio de igualdad”.
Tras repasar abundante doctrina y jurisprudencia al respecto, Dvuelta incide en la importancia de la reciente sentencia TSJM que anula varios preceptos de la normativa de bajas emisiones del Ayuntamiento de Madrid, que refuerza la procedencia de que el Consistorio se replantee la entrada en vigor de esa parte de la Ordenanza. Por todo lo mencionado, esta entidad de defensa del automovilista pide al Defensor del Pueblo inste al Ayuntamiento de Madrid a prorrogar la aplicación de esta normativa, “permitiendo que se realicen las adecuaciones necesarias y se disponga de un tiempo suficiente para la adaptación. Esto asegurará que todos los ciudadanos tengan la oportunidad de cumplir con la normativa sin verse perjudicados por su situación económica”.
✕
Accede a tu cuenta para comentar