DGT
Estos son los requisitos que deben cumplir los cristales tintados para evitar una multa
No es necesario incluir la modificación en la ficha técnica o que supere una inspección extraordinaria, pero debe cumplir con lo establecido en el Código General de Circulación
Todos los vehículos salen de fábrica con los cristales tintados. Pero lo normal es que este tinte se limite únicamente a un ligero tono verdoso, que protege al conductor y al resto de los pasajeros de la radiación solar. Sin embargo, algunos usuarios prefieren ir más lejos... y aumentar ese tono oscuro colocando una lámina adicional al cristal, que permita crear un ambiente más íntimo y acogedor en el interior del habitáculo.
Los concesionarios suelen ofrecer la opción de incluir lunas tintadas de un color más oscuro en el momento de comprar el coche. En este caso, sería el fabricante quien se encargaría de que el cristal cumpliese con las homologaciones pertinentes. Lo malo es que esta opción ya no será posible una vez que el vehículo haya abandonado el concesionario. Y en este caso, lo que se suele hacer es optar por instalar láminas plásticas adhesivas… y no lunas tintadas de serie.
Ahora bien, hacer esta modificación tiene que hacerse de acuerdo con el procedimiento establecido… y el cambio debe estar sujeto -además- a los límites marcados por el Reglamento General de Circulación. Y no es un asunto baladí, porque en caso de no obedecer a la normativa y circular con unas lunas tintadas que no cumplen con los estándares de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), podríamos enfrentarnos a una sanción económica.
Qué debemos saber antes de instalar láminas adhesivas
La primera precaución que debemos tener en cuenta a la hora de instalar estas láminas adhesivas es que, de acuerdo con lo establecido en el Boletín Oficial del Estado (BOE), está prohibido utilizarlas en cualquier superficie acristalada comprendida en el arco de 180º de visión delantera del conductor. O dicho de otra forma, que no se puede instalar una de estas láminas ni en el parabrisas... ni en las ventanas de ambos lados (la del conductor y la del copiloto).
Dicho esto, también hay que señalar que debido a los últimos cambios incluidos en la legislación, instalar láminas adhesivas ya no se considera una reforma estructural de importancia relevante en el coche. Por lo que tampoco será necesario que la modificación sea incluida en la ficha técnica. Lo cual nos exime de una inspección post instalación extraordinaria. Ahora bien, antes o después, llegará el momento de pasar la ITV... y entonces se nos exigirá:
- Las láminas que incluyamos en nuestro vehículo tienen que estar homologadas. En la ITV nos requerirán el certificado del laboratorio; que es un documento que nos debe proporcionar el taller donde hayamos hecho la instalación de las láminas adhesivas, donde constan las características de las láminas y del vehículo… y que confirma que los cristales cumplen con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
- Todos los cristales deben llevar un sello que indique cuando fueron instaladas.
- Las láminas no deberán tapar -ni total ni parcialmente- los dispositivos de señalización o alumbrado del vehículo. Es decir, que tras su instalación deben quedar visibles todos los elementos de señalización, como por ejemplo, la tercera luz de freno.
- Los técnicos de la ITV podrían revisar la instalación para verificar que no existan burbujas de más de 2 mm de diámetro ni síntomas de despegue entre el cristal y la lámina. Lo que podría impedir la correcta visibilidad de la carretera.
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