Nutrición

Europa cambia las normas para estos alimentos típicos del desayuno: miel, zumo, mermelada y leche

El Parlamento Europeo llega a un acuerdo para actualizar las Directivas del desayuno

Alimentos desayuno
Alimentos desayuno larazon

El Parlamento Europeo ha llegado a un acuerdo para actualizar las Directivas del desayuno, un conjunto de normas que se refieren a alimentos que tradicionalmente se toman en el desayuno como el café, el cacao, el chocolate, la miel, los zumos de frutas, las confituras y la leche. El motivo de la actualización es que la mayoría de estas directivas tienen más de 20 años, recoge la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). De esta forma, el acuerdo engloba cambios importantes sobre la composición, los nombres de venta, el etiquetado y la presentación de algunos productos que ayudarán a los consumidores a elegir con conocimiento de causa.

  • Miel: Ya se obliga a la indicación genérica del origen, pero la nueva propuesta quiere que en la etiqueta se señale el país o países concretos donde la miel ha sido recolectada. El origen de las mezclas de miel deberán figurar en la etiqueta en orden decreciente con el porcentaje de cada origen. Los Estados miembros podrán decidir que la obligación de indicar el porcentaje en la etiqueta solo se aplique a los países de procedencia de las cuatro mayores proporciones que componen la mezcla, siempre que representen en total más del 50 % del peso de esta. "Es una de las principales demandas en alimentación de OCU es la indicación del origen de los alimentos, y aunque en la miel era ya obligatoria esta indicación, era a todas luces mejorable", subraya la organización. Además, la Comisión contará con la ayuda de expertos para desarrollar métodos que permitan detectar adulteraciones de la miel, lo que dificultará los fraudes en estos productos.
  • Zumos de frutas: Habrá tres nuevas categorías de zumos: "zumo de frutas con azúcar reducido", "zumo de frutas con azúcar reducido a partir de concentrado" y "zumo concentrado de frutas con azúcar reducido". De este modo, los consumidores podrán elegir un zumo con al menos un 30 % menos de azúcares. Los zumos de frutas podrán llevar en sus etiquetas la mención "contiene únicamente azúcares naturalmente presentes" para aclarar que, a diferencia de los néctares de fruta, los zumos de frutas no pueden, por definición, contener azúcares añadidos, una característica que la mayoría de los consumidores desconoce.
  • Confituras: con el objetivo de reducir el contenido en azúcar, se aumenta el contenido mínimo de fruta en las confituras (de 350 a 450 gramos por kilo) y en las confituras extra (de 450 a 500 gramos por kilo). Esta medida mejorará la calidad mínima y reducirá el contenido de azúcar de estos productos en beneficio de los consumidores, señala la UE.
  • Leche: se eliminará la distinción entre leche "evaporada" y "condensada" para denominar a las leches concentradas. Aunque en España son productos diferentes. Ambas son leches concentradas, pero la condensada, además, lleva azúcar añadido. También se autorizará la leche deshidratada sin lactosa.

Junto a esto, se ha pedido a la Comisión Europea que evalúe, en los tres próximos años, las formas de informar a los consumidores sobre el origen de los frutos utilizados en la producción de zumos y confituras.