Asesinato de Monesterio
Manuela Chavero será enterrada el próximo día 15, "tras ocho años de sufrimiento"
La familia anuncia en un comunicado los actos que tendrán lugar en el pueblo.
"Os comunicamos que, después de este largo proceso de dolor y sufrimiento, llegó el día de darle Santa Sepultura a Manuela; será el sábado 15 de Junio", señala ala familia en el comunicado.
"Comenzaremos con un acto en la plaza del pueblo a las 18:00 de la tarde; la alcaldesa lo ha organizado todo para darle a Manuela la despedida que se merece. A continuación pasaremos a la misa que será a las 19:00 de la tarde en La Parroquia de San Pedro Apóstol de Monesterio. Después llevaremos sus restos al cementerio para que ya por fin Manuela pueda Descansar en Paz.
Os agradecemos a tod@s vuestra colaboración y apoyo durante estos 8 años. La familia de Manuela estaríamos muy agradecidos si decidís acompañarnos en este día tan especial. Un abrazo".
La Audiencia Provincial de Badajoz, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad del jurado popular, condenó a prisión permanente revisable a Eugenio Delgado, autor del asesinato de Manuela Chavero, la vecina de Monesterio (Badajoz) cuyo cadáver fue hallado cuatro años después de su muerte en una finca del procesado.
De acuerdo con el veredicto, la Sala estableció una condena de prisión permanente revisable por el delito de asesinato, en el que concurren los agravantes específicos de alevosía, ensañamiento, evitar el descubrimiento de un delito cometido anteriormente y la de comisión subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, dándose en ambos delitos la circunstancia agravante de género.
Asimismo, fijó quince años de prisión por un delito de agresión sexual con violencia de extrema gravedad y penetración, y la obligación de abonar cerca de 560.000 euros a los familiares de la víctima en concepto de responsabilidad civil.
Además, se le impuso la prohibición de acudir al término municipal de Monesterio, municipio donde residen familiares de Manuela y donde el ahora procesado tiene su vivienda, y de acercarse a menos de 1.000 metros o comunicar por cualquier medio con los hijos, madre y hermanos de la víctima por tiempo de diez años superior al de la condena privativa de libertad.
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