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La Justicia deniega el “secuestro” de “Lucía en la telaraña” al Guardia Civil absuelto de la muerte de Lucía Garrido
Ha sentenciado que el temor de una persona a un ‘juicio mediático’ por la emisión de un documental no justifica que sea paralizado antes de su estreno
Una jueza de Coín (Málaga) ha sentenciado que el temor de una persona a un ‘juicio mediático’ por la emisión de un documental no justifica que sea paralizado antes de su estreno, ya que el eventual perjuicio al honor y a la intimidad del aludido se producirían, en su caso, tras hacerse público el trabajo de investigación. Es el caso del Guardia Civil Amador Pérez Luque, que pretendía detener el estreno del documental sobre la muerte de Lucía Garrido.
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coín se refiere a esta cuestión en un auto que dictó este pasado 8 de noviembre para responder a una denuncia que recibió para que paralizase el estreno el 25 de noviembre del documental ‘Lucía en la telaraña’, que fue estrenada el pasado 25 de noviembre como estaba previsto.
La pieza indaga sobre la muerte en 2008 de Lucía Garrido, de 35 años, cuyo cuerpo fue encontrado el 30 de abril de ese año en la piscina de la finca Los Naranjos, en Alhaurín de la Torre (Málaga). Este terreno era propiedad del exmarido de la fallecida, Manuel Alonso, de quien se había divorciado unos años antes.
Por este crimen fueron juzgados y absueltos en 2019 el exmarido de la víctima y otros tres hombres, dos de ellos guardias civiles. Sin embargo, en 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) apreció errores en el proceso y ordenó repetir el juicio, que aún está por celebrarse. Además, posteriores pesquisas han apuntado a la eventual relación de la muerte de Lucía Garrido con tramas de narcotráfico existentes en la provincia de Málaga.
La relación con Pérez Luque
Tras conocerse la fecha de estreno del documental por la cadena pública, uno de los guardias civiles que fue investigado y absuelto por el asesinato de Lucía Garrido, Amador Pérez Luque, pidió a la juez de Coín que paralizase el estreno antes de su fecha prevista, ya que podía peligrar su honor e intimidad. Este agente fue exonerado en el primer juicio y esta decisión fue mantenida por el TSJA, por lo que no se sentará por segunda vez en el banquillo.
Sin embargo, Pérez Luque está siendo investigado paralelamente por narcotráfico y por su presunta relación con una trama delincuencial que existiría en la provincia de Málaga. A esto apuntarían las pesquisas del propio Instituto Armado y así se refleja en noticias aparecidas en prensa de los últimos años, en las que se habla de que este agente tiene una ‘casa-castillo’, un circuito de motos y le ha tocado varias veces la lotería.
Por este motivo, el recurrente pidió la paralización del documental, ya que en el mismo se iban a tratar asuntos que pertenecen a causas “que se encuentran en fase de instrucción y que podrían suponer que se hiciera un juicio mediático, paralelo al judicial, además de una vulneración del derecho al honor, intimidad y propia imagen”.
Sin embargo, la instructora sostiene que “la vulneración al derecho al honor y la intimidad que se indica en la denuncia va referida a hechos que aún no se han producido”, ya que no se había estrenado el documental. Añade que tampoco puede pedirse que ella vea la grabación antes de darse a conocer, puesto que “supondría realizar una investigación prospectiva de hechos futuros por si los mismos pudieran constituir delito, aspecto que no cabe admitir en nuestro derecho”.
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