Tribunales

El TSJA aprueba que Núñez deje las macrocausas del PSOE

El juez de refuerzo Vilaplana seguirá con los ERE, Avales, Faffe, IDEA y la formación y la sustituta de Alaya con los asuntos ordinarios

La jueza María Núñez Bolaños
La jueza María Núñez Bolañoslarazon

La Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) aprobó el plan de actuación propuesto por la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, María Núñez Bolaños, y el juez de refuerzo José Ignacio Villaplana, por el que la primera asume las tareas ordinarias de dicha instancia judicial y Villaplana continuará con la investigación de las macrocausas incoadas por este juzgado.

Según informó el TSJA, José Ignacio Villaplana continuará al frente de las piezas separadas de la trama de los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos e incentivados con fondos públicos; de los gastos en locales de alterne con cargo a la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) o de la recientemente reabierta causa de las presuntas irregularidades en los avales y préstamos concedidos a determinadas empresas por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA). Tal extremo sucede justo después de que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ratificase la decisión del Promotor de la Acción Disciplinaria del Servicio de Inspección de dicha institución, de archivar las diligencias informativas abiertas a la jueza María Núñez tras atribuirle la Fiscalía Anticorrupción faltas disciplinarias graves y muy graves en la tramitación de las piezas correspondientes a la trama de los ERE y las restantes macrocausas, apreciando la Fiscalía un supuesto «retraso injustificado».

Frente a dicha tesis de la Fiscalía, en la argumentación de la Acción Disciplinaria, según el escrito al que tuvo acceso Europa Press, se sostiene que «no cabe inferir la pasividad intencional o el descuido injustificable que la denuncia atribuye a la magistrada». A juicio del informe del Servicio de Inspección del Poder Judicial, «la instrucción de todas las piezas se desarrolló con buen ritmo y transcurrió con normalidad, dándose respuesta a las peticiones de las partes y tramitándose los recursos en tiempos razonables».

El informe se remite a «la reiterada jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo» para aportar argumentos de este órgano, que indicó, en relación a la dilación en la instrucción de una causa, que «para atribuir a un juez o magistrado ilícitos disciplinarios derivados de incumplimientos temporales debe resultar inequívocamente demostrado que el retraso o la simple inobservancia temporal se deba a la pasividad intencional o al descuido del juez o magistrado».

El informe del Servicio de Inspección del Poder Judicial constata «la existencia de demoras», de las que esgrime «no denunciadas entonces» y que sitúa «en la última parte del año 2016 y en parte del año 2017», lo que «coincide» con el momento en el que la magistrada «recibió un mayor número de informes policiales derivados de las diligencias iniciales» que se tradujeron en «la apertura de cerca de doscientas piezas separadas, también de gran complejidad».

Según dicho informe, el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla «se encuentra en una situación excepcional desde que en 2011 se incoaron las diligencias previas que han dado lugar al caso ERE». Así, el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial califica como «eficaz y exhaustivo el control de la magistrada sobre procedimientos ordinarios y macrocausas», por lo que concluye que «la instrucción se ha llevado a cabo de forma correcta, ágil y ordenada, con control de agendas».