Tribunales

Un juzgado de Granada ordena la entrada en prisión de Juana Rivas

El Supremo la condenó a dos años y medio de cárcel por no haber entregado a sus hijos al padre

Juana Rivas, a su salida de la última vista por la custodia de sus hijos en los juzgados de Cagliari, en Cerdeña
Juana Rivas, a su salida de la última vista por la custodia de sus hijos en los juzgados de Cagliari, en Cerdeñalarazon

Era una posibilidad viva y el juzgado de lo Penal número 1 de Granada ha acordado la detención y entrada en prisión de Juana Rivas, vecina de la localidad granadina de Maracena, después de que el Tribunal Supremo (TS) la condenara finalmente a dos años y medio de cárcel por no haber entregado a sus hijos al padre, el italiano Francesco Arcuri, en el verano del 2017. El titular del órgano judicial, Manuel Píñar, ha concluido que “no ha lugar” a la suspensión de la pena, al ser superior a los 24 meses.

El abogado de Rivas, Carlos Aránguez, ha tachado la decisión de “muy injusta”, según se refleja en una nota de prensa, y ha anunciado que hoy mismo presentaría un recurso contra el auto de Píñar, dado que todavía no se ha resuelto el indulto que solicitó al Gobierno central a principios de mayo, convencido de que “se cumplen todos los requisitos para que se le otorgue este derecho de gracia” a su clienta.

El mencionado magistrado fue el encargado de enjuiciar en su día a Rivas y es quien ahora ha acordado su inmediato ingreso en prisión, una vez que el Supremo sentenció sobre este caso. La defensa de Juana Rivas pretende que pueda quedar “sin efecto” su entrada en la cárcel en tanto se resuelva el asunto del indulto.

Para buscar el origen de este movimiento judicial hay que remontarse al verano del 2017, cuando la madre permaneció junto a sus dos hijos en paradero desconocido para no entregarlos al padre, agarrada al argumento de que quería protegerlos frente a Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016. El italiano denunció, a su vez, la desaparición y tras varios requerimientos para que Rivas devolviera a los niños, ésta lo hizo un mes después en Granada.

Tanto el juzgado granadino de lo Penal número 1 como la Audiencia provincial determinaron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que la obligaban a llevarlos con su padre, al ser éste quien tenía la custodia de los mismos.

Luego el Tribunal Supremo matizó la situación, rebajó el delito a uno único de sustracción de menores, en vez de uno por cada hijo implicado, y estableció la pena en dos años y seis meses de prisión. A esto hubo que sumar que el alto tribunal sí confirmó la retirada de patria potestad a Rivas durante seis años e impuso el pago de una indemnización de 12.000 euros por los daños morales y materiales causados a Arcuri. De vuelta a la actualidad, el juzgado granadino la insta a abonar esa cantidad y mandata que se dirija un exhorto al Registro Civil en el que esté inscrito el nacimiento de sus hijos para que se refleje la privación de la patria potestad.