La investidura
"Caso asesores": el precedente que desmonta a Puigdemont
El Tribunal Supremo condenó a 5 años y medio de prisión a Pedro Pacheco, ex alcalde de Jerez de la Frontera
Carlos Puigdemont, el hombre que tiene la llave para investir a Pedro Sánchez, ha asegurado que "España está podrida en sus fundamentos" y que "las órdenes del Rey de ir a por todos nosotros continúan intactas". Ha sido su reacción a la condena de la sección segunda de la Audiencia de Barcelona al exconsejero de Interior Miquel Buch y al escolta del ex presidente de la Generalitat tras contratar el primero al segundo como asesor tras la aplicación del artículo 155 de la constitución.
La decisión de la Audiencia impone a Buchor cuatro años y medio de prisión y diez y medio de inhabilitación absoluta por el delito de malversación, mientras que por el de prevaricación le condena a nueve y medio de inhabilitación especial para desempeñar un empleo o cargo público. También condena además a cuatro años de cárcel al sargento de los Mossos d’Esquadra Lluís E., uno de los agentes que ayudó a huir de España a Carles Puigdemont, que siguió ejerciendo de escolta en Bruselas y al que Buch nombró asesor de Interior en 2018.
Hay que recordar que la Fiscalía pedía seis años de cárcel y 27 de inhabilitación para el exconseller, de JxCat, al que acusa de los delitos de malversación y prevaricación por el nombramiento arbitrario del sargento que hizo de escolta de Puigdemont, quien ejerció de asesor durante 224 días, en los que cobró 52.712 euros de fondos públicos.
Puigdemont considera que "el conseller Buch y Lluís Escolà están condenados por un delito que no han cometido, solo por el hecho de que han sido leales y han estado comprometidos política y personalmente conmigo. Punto. Los condenan como un acto de venganza y de represalia"
La realidad es que hay precedentes que guardan cierto paralelismo con este caso y con penas similares o incluso más severas: el "caso asesores" que condenó al ex alcalde de Jerez, Pedro Pacheco.
En septiembre de 2014, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo condenó a Pedro Pacheco y a los otros dos recurrentes por un nuevo delito, el de falsedad en documento oficial, y mantuvo los de prevaricación y malversación de caudales públicos que le impuso la Audiencia Provincial de Cádiz (4 años y 6 meses de prisión y 8 de inhabilitación absoluta).
La Sala de lo Penal hizo suyo el relato de hechos de la sentencia de instancia que declaró probado que el Pleno del ayuntamiento de Jerez, el 18 de enero de 2005, nombró al personal eventual de confianza de los partidos políticos que lo componían y, en concreto, designó a dos personas por parte del PSA.
El entonces Teniente de Alcalde, Pedro Pacheco, valiéndose de su puesto directivo en dos sociedades municipales y con la finalidad de conceder una prestación mensual a militantes de su partido, nombró como asesores a los otros dos condenados, sin contraprestación alguna, ordenando pagos por un total de 206.833,66. Unos nombramientos, según la sentencia, que trató de maquillar bajo la forma de contratos de asesoría o de naturaleza laboral utilizando las empresas municipales como si fueran suyas.
El Tribunal Supremo consideró que Pedro Pacheco con su conducta causó un claro perjuicio para los intereses públicos de la colectividad en materia tan sensible como son los caudales públicos, pero también afirma que existió "un daño no por inmaterial menos efectivo y de claro contenido demoledor, constituido por la pérdida de confianza de la ciudadanía en sus instituciones".
En este sentido, recordaba que "nada lesiona más la credibilidad de los ciudadanos en sus instituciones que ver convertidos a sus representantes políticos en los vulneradores de la legalidad de la que ellos son los primeros custodios".
La sentencia aseveraba que "causa sonrojo" la alegación de la defensa de que creía que actuaba correctamente y rechaza esa tesis en la medida que el recurrente tiene titulación universitaria, ha sido jefe de un partido político y alcalde de Jerez de la Frontera. El Tribunal Supremo concluye que se está en una situación clara de fraude: hay deseo de proceder a la acción fraudulenta, la oportunidad de llevarla a cabo y la justificación dándole una apariencia de legalidad para buscar la impunidad.
En el caso de José López Benítez, la pena se eleva a 2 años y 10 meses y 15 días de prisión (antes eran 2 años y 6 meses) porque firmó dos contratos (uno de ellos verbal) y en el de Manuel Valeriano Cobacho Márquez, la condena pasa de 2 años y 3 meses de prisión a 2 años, 7 meses y 15 días (sólo intervino en uno).
Los argumentos de Puigdemont para denunciar ese supuesto acoso no concuerdan con las decisiones tomadas por el Supremo en casos similares. Pedro Pacheco, implicado también en otras causas judiciales, no ha sido indultado por el Gobierno pese a que hay una plataforma que así lo solicita.
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