
eutanasia
Castilla-La Mancha bate en 2024 su récord histórico en inscripciones de voluntades anticipadas desde la aprobación de la Ley de Eutanasia

Castilla-La Mancha batió en 2024 su récord histórico en inscripciones de Eutanasia desde que entró en vigor la Ley en junio de 2021 con un total de 2.010 declaraciones de voluntades anticipadas, de las cuales el 57 por ciento indicaron su deseo de donar órganos, según los datos facilitados por la Consejería de Sanidad.
Por otro lado, casi el 59% de las declaraciones desean que se les aplique la prestación de eutanasia.
Desde la aprobación de la Ley de Eutanasia, en España cualquier ciudadano mayor de edad con plena capacidad de donar tiene derecho a decidir libremente sobre qué atención sanitaria y cuidados desea recibir en el supuesto de que llegados los últimos momentos de su vida por su condición y estado no esté capacitado para expresar por sí mismo sus deseos.
Suele suceder que a la llegada de esta fase del ciclo vital la persona no tenga posibilidad de tomar decisiones en cuyo caso suele ser la familia junto con los profesionales sanitarios los que se vean obligados a tomar esas decisiones al margen de cuáles sean los deseos no expresados del paciente.
En el año 2006 (Decreto 15/2006), Castilla-La Mancha puso en marcha el Registro de Voluntades Anticipadas, desde entonces más de 12.500 castellano-manchegos han inscrito en este registro sus “voluntades anticipadas”
Las “voluntades anticipadas” debe ser fruto de un proceso reflexivo, asesorado y de gran importancia para la toma de decisiones clínicas.
En este sentido, Castilla-La Mancha cuenta con 15 puntos de información y registro y 63 oficinas habilitadas distribuidos en las Delegaciones Provinciales y centros sanitarios de nuestra comunidad, donde el ciudadano puede acudir a buscar esta información, asesoramiento sobre el proceso, formalización y registro de este documento.
Estos puntos del Registro y oficinas cuentan con personal formado y plenamente capacitado para informar y acompañar en un proceso en el que la persona puede tomar decisiones también sobre la realización de donación de órganos o cuerpo, el ejercicio en los supuestos aprobados, de su derecho a la prestación de eutanasia.
Por último, señalar que la declaración únicamente será tenida en cuenta en caso de que la persona no pueda manifestar sus deseos por sí misma.
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