Tribunales

Investigan a la presidenta del CSIC por el accidente mortal de dos científicos

El salmantino Gaspar Giner Abati era uno de los que perdieron la vida junto al guipuzcoano Unai Pérez, arrastrados por un laud en la Vall de Conangles, en Lérida, el 22 de marzo de 2018

Vall de Conangles, en Lérida, donde se produjo el alud que acabó con la vida de dos biólogos
Vall de Conangles, en Lérida, donde se produjo el alud que acabó con la vida de dos biólogosEFELa Razón

Un juez de Vielha (Lleida) investiga a la presidenta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), Rosa Menéndez, y a otros dos cargos de la agencia estatal por la falta de medidas preventivas en una expedición al Val d’Aran en marzo de 2018 en la que dos trabajadores murieron por un alud, uno de ellos un biólogo salmantino de 39 años.

La presidenta y quienes entonces eran responsables de riesgos laborales y recursos humanos del CSIC -agencia que depende del Ministerio de Ciencia- han sido citados a declarar el próximo 27 de mayo por orden de la Audiencia de Lleida ante las “sospechas” de que pudieron cometer un delito contra la salud y la seguridad de los trabajadores, según el auto, al que ha tenido acceso Efe.

El accidente ocurrió el 22 de marzo de 2018, cuando tres miembros de una expedición científica destinada a recoger muestras de agua del lago Redon para un proyecto del CSIC fueron arrastrados por un alud en la Vall de Conangles que les precipitó por una roca vertical de 90 metros de altura.

A raíz del accidente, resultó herido grave Roberto Sánchez, investigador de Lasarte (Guipúzcoa) contratado como técnico superior para el CSIC, y fallecieron las dos personas que le acompañaban: el salmantino Gaspar Giner Abati, un biólogo que había trabajado en esta empresa pública, y el montañero Unai Pérez de Arenaza, vecino de Bergara (Guipúzcoa).

Ambos fallecidos habían sido reclutados verbalmente por el director del proyecto, Luis C. -también investigado-, unos días antes de la salida de la expedición sin realizar ningún trámite administrativo previo, ni gestionar ninguna hoja de pedido de contratación y sin que la gerencia del CSIC autorizase ningún gasto relacionado con su intervención en la campaña de toma de muestras.

Esta situación motivó una demanda por parte de la Tesorería de la Seguridad Social y el juzgado de lo social número 1 de Lleida reconoció en una sentencia, que está recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que los fallecidos mantenían una relación laboral con el CSIC a pesar de que esta agencia lo negase.

Los familiares de los investigadores fallecidos se han constituido como acusación particular en la causa penal abierta por el accidente y han pedido la imputación de la cúpula del CSIC porque consideran que la expedición, cuyos miembros iban equipados con material proporcionado por la empresa científica, se llevó a cabo sin medidas de prevención.

De hecho, tras el accidente mortal, el CSIC presentó ante la Inspección de Trabajo un plan de riesgos laborales que consta como aprobado en abril de 2018, es decir, un mes después de la fatídica expedición al lago Redon, según un informe incluido en el sumario.

La Abogacía del Estado, que representa al CSIC, y la Fiscalía se opusieron a que se investigue a los responsables de esta empresa, pero la Audiencia de Lleida ha ordenado al juez tomarles declaración como imputados al entender que pueden ser claves para “conocer la estructura organizativa y preventiva” cuando ocurrió el siniestro.

El tribunal cree que, “a pesar de que el accidente fue calificado de fortuito en un atestado inicial elaborado por los Mossos”, no se puede descartar “la existencia de ciertas sospechas de la posible comisión por parte de responsables del CSIC de un delito contra la salud y la seguridad de los trabajadores previsto en los artículos 316 y 317 del Código Penal”.

La Audiencia considera “de interés” la declaración de los cargos del CSIC como firmantes del plan de riesgos laborales aprobado tras el accidente y, por lo tanto, “posibles responsables de las irregularidades detectadas en este u otros documentos” y de las “omisiones en las medidas preventivas que debieron adoptarse y que causaron posiblemente el trágico accidente”.

Las familias de los dos fallecidos lograron ya una primera victoria cuando el pasado mes de diciembre el juzgado de lo social número 1 de Lleida concluyó que la prestación de servicios que hicieron al CSIC era “de naturaleza laboral”. Según la juez, ambos trabajadores “carecían de infraestructura productiva propia”, iban a percibir una contraprestación económica preestablecida por el CSIC por su actividad -no por el resultado de la misma-, y la empresa “puso a su disposición todos los enseres, utensilios y material” necesarios para su cometido.

Esta sentencia sostiene que el CSIC contrató a Roberto Sánchez como técnico superior con un contrato temporal de obra para participar en las expediciones que debían recoger muestras del lago Redon, en las que normalmente iba acompañado de dos personas externas al CSIC y del director del proyecto.

Los dos miembros externos de la expedición -habitualmente montañeros o guías de montaña- solían ser reclutados “de manera improvisada” poco antes de la salida, según la sentencia, que detalla que se pagaban unos 100 euros diarios por la actividad de acompañamiento en el ascenso y descenso al lago.

Cuando no podía contar con los servicios externos habituales, añade la juez, el director del proyecto contrataba de forma verbal a “otras personas conocidas de las que se presuponía experiencia como guías de montaña y con aptitudes técnicas para esquiar cargando peso”, a las que pagaba entre 80 y 100 euros diarios, en efectivo y sin factura.

En la trágica expedición del 22 de marzo de 2018, el jefe del proyecto no pudo participar porque tenía una luxación en el brazo y tampoco el montañero que habitualmente le acompañaba, por lo que fichó a los dos acompañantes que acabaron falleciendo.

No obstante, cuando declaró ante los Mossos d’Esquadra, el responsable del estudio afirmó que solo Sánchez había sido contratado por el CSIC por su “dilatada experiencia” y que iba acompañado por los dos montañeros fallecidos, por la “relación de amistad que les unía”.

Según la juez, desde el CSIC “no se realizó ningún trámite administrativo” para contratar a los fallecidos, ni se informó de ello a la gerencia, y tampoco se les pidió titulación o póliza de seguro ni el justificante de estar dados de alta como autónomos.