
Economía
Incentivo a emprender en Tierra de Campos
La Junta apoyará con 15.000 euros para personas que quieran montar sus negocios en estas zonas de León, Palencia, Valladolid y Zamora

Nuevos incentivos a los emprendedores en Castilla y León. Esta vez destinadas a aquellas personas que quieran poner sus negocios en la zona de Tierra de Campos en las provincias de León, Palencia, Valladolid y Zamora. Desde la Consejería de Economía y Hacienda, subvencionará con ayudas de 15.000 euros, ayudas alineadas con el Plan Territorial de Fomento de Tierra de Campos que prevé medidas de impulso económico y empleo en 206 municipios de las cuatro provincias que abarca este territorio.
Son cuatro las bases reguladores y que inciden en quiénes pueden ser las personas beneficiarias de las ayudas, En cuanto a las obligaciones, las personas beneficiarias de las ayudas se comprometen a mantener el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, en adelante RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente y una actividad económica durante al menos dos años, contados desde el día de dicha alta. La forma de presentación de las solicitudes sea electrónica.
El capítulo tercero establece la justificación previa para la concesión y pago de las ayudas, y la obligación de reintegro del importe de la ayuda en caso de incumplimiento y las actuaciones de control que realicen los organismos públicos. y el cuarto determina el régimen jurídico y procedimiento relacionado con los incumplimientos de las obligaciones exigibles al beneficiario de la ayuda, el seguimiento y su control.
Una convocatoria y puesta en marcha de estas ayudas que se hace a través de la Fundación para el Anclaje Empresarial y la Formación para el Empleo (FAFECYL), que gestiona de modo efectivo distintos programas de apoyo al autoempleo y a los emprendedores en la Comunidad Autónoma.
Estos son los requisitos de los beneficiarios Iniciar una actividad económica dentro del período que se establezca en la convocatoria.
- Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente en la fecha que establezca la convocatoria y en todo caso antes de presentar la solicitud de ayuda.
- Estar desempleada e inscrita en el Servicio Público de Empleo, no ocupada, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
- Establecer el centro de trabajo en alguno de los municipios incluidos en el Anexo II de la presente Orden o en los que determinen en la Orden por la que se aprueba el Programa Territorial de Fomento de Tierra de Campos.
- La persona beneficiaria deberá acreditar la realización de unos gastos, así como el pago de estos, por cuantía no inferior a 5.000 euros sin incluir IVA, o los impuestos indirectos de las siguientes actividades:
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