Consumo

Competencia recurre la prohibición de Colau a los supermercados fantasma en Barcelona

La ACCO también discute la restricción de las cocinas fantasma a polígonos y asegura que la normativa “va más allá de lo necesario y proporcionado”

Repartidores recogen los pedidos en “cocinas fantasma“ en el madrileño distrito de Tetuán
Repartidores recogen los pedidos en “cocinas fantasma“ Ruben MóndeloLa Razón

La Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) ha interpuesto un recurso contencioso administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra el Plan especial de usos de actividades vinculadas al reparto a domicilio del Ayuntamiento de Barcelona, que prohíbe los llamados supermercados fantasma y envía las cocinas industriales o dark kitchen a los polígonos de la Zona Franca.

"El Plan va más allá de lo que sería necesario y proporcionado, restringe la competencia y vulnera los principios de buena regulación y la Directiva de Servicios", subraya la ACCO, pese a que es "legítimo y razonable" intentar minimizar las molestias de este tipo de establecimientos para los vecinos, el plan del consistorio "va más allá de lo necesario y proporcionado, restringe la competencia y vulnera los principios de buena regulación y la Directiva de servicios”.

Cree que el Plan "es especialmente restrictivo" con la prohibición de los supermercados fantasma y que ubicar las cocinas fantasma sólo en la Zona Franca genera desventaja competitiva. Aun así, considera que es "legítimo y razonable" el objetivo de minimizar las molestias que el reparto a domicilio pueda causar a la ciudadanía.

Asimismo, Competencia argumenta que la medida "no se ha justificado debidamente" porque el Ayuntamiento de Barcelona "no ha analizado ni el impacto en la competencia y el mercado, ni la necesidad, ni la proporcionalidad ni la sostenibilidad económica de la norma”.

Según la ACCO, el plan es “especialmente restrictivo” con los supermercados fantasma desde donde se envían pedidos de compras por internet, ya que, según los datos del consistorio, estos establecimientos “causan menos perturbaciones en la vía pública que, por ejemplo, los locales de restauración con fuerte actividad de reparto a domicilio”. Por eso, Competencia considera “desproporcionada y discriminatoria” que se prohíban. Asimismo, la ACCO cree que permitir que las cocinas industriales o “dark kitchen” sólo se puedan instalar en los polígonos industriales de la Zona Franca “independientemente de su dimensión” es una “clara desventaja competitiva” para estos negocios.

“En el mercado a domicilio, los tiempos de entrega son clave y la Zona Franca está muy alejada de la ciudad. El Ayuntamiento ha obviado alternativas menos restrictivas, como sería permitir estas cocinas también en otras zonas industriales de la ciudad”, afirma Competencia. Asimismo, se queja de que el consistorio no ha tenido en cuenta "el impacto ambiental y de congestión del tráfico derivado de los desplazamientos más largos que tendrán que hacer estos negocios para repartir a domicilio".

La ACCO tiene la potestad de impugnar los actos de las administraciones públicas de quienes considere que se derivan obstáculos para el mantenimiento efectivo de la competencia de mercado.