Sucesos

Se declara como improcedente el despido de la panadera que orinaba en los recipientes de amasado del pan

La empleada fue grabada por la empresa, pero esta prueba no ha podido ser admitida por no respetar el derecho a la intimidad

La sede del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)
La sede del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) Archivo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado como improcedente el despido de una trabajadora de una panadería en la estación de Sants (Barcelona) por orinar en recipientes destinados a productos de consumo humano. Además, los jueces han ordenado a la empresa que deben readmitirla en su puesto o pagar una compensación de 25.000 euros.

La prueba principal que sustentó la decisión de despedirla fue una grabación de la cámara del obrador de la panadería, que también servía como vestuario para los empleados. Sin embargo, el Tribunal no ha considerado la grabación como admisible debido a que viola el derecho a la intimidad de la trabajadora, ya que la instalación de la cámara no fue comunicada previamente a los empleados.

Estos hechos ocurrieron en octubre de 2018. La panadera recibió una notificación de despido inmediato mediante un burofax. En él, se detallaba que la habían observado "hasta en tres ocasiones en cuclillas, miccionando dentro de un bol, arrojando su contenido por el fregadero, remojando el bol ligeramente en agua y depositándolo con el resto de los utensilios limpios usados en tareas de producción para el consumo de los clientes".

Los empleados sabían de la existencia de cámaras de seguridad en el local, pero no tenían conocimiento de que se hubiera instalado una en la zona de vestuarios. Además, en el burofax no se mencionaba que el descubrimiento de estos actos se realizara a través de una cámara de vigilancia.

El juzgado de primera instancia ya había considerado el despido como improcedente, pero la empresa apeló la decisión ante el TSJC. En el primer juicio, la cafetería afirmó que el obrador no se utilizaba como vestuario, una afirmación que fue desmentida mediante pruebas presentadas por la demandante.