Sucesos
Condenan a 11 años de prisión a un padre que abusó de su hija durante siete años
Esos abusos se produjeron a partir de 2011, en la vivienda familiar en la que el padre y la menor residían en el municipio alicantino de Xixona
Un hombre de 48 años ha sido condenado a once años de prisión por abusar sexualmente de su propia hija, menor de edad, en varios episodios que se prolongaron durante siete años sin conocimiento de su madre ni del resto de su entorno familiar.
La sentencia dictada por el tribunal de la Sección Segunda, a la que tuvo acceso Efe, concreta que los abusos se iniciaron cuando la víctima tenía 6 años. Esos abusos se produjeron a partir de 2011, en la vivienda familiar en la que el padre y la menor residían en el municipio de Xixona (Alicante).
Según la resolución judicial, el ahora condenado aprovechaba los momentos en los que se encontraba a solas con su hija para practicarle diversos tocamientos en sus órganos sexuales y para conseguir que ella le tocase sus genitales.
Los actos de contenido sexual continuaron tres años después, cuando el padre y la madre de la menor se trasladaron al municipio de Torrevieja. Desde entonces, los contactos se producían cuando la menor acudía a visitarlos, ya que ella seguía residiendo en Xixona junto a su tía.
Los hechos continuaron incluso después de que el padre ingresara en prisión, en 2016, para cumplir una condena previa. Así, según la sentencia, el agresor aprovechaba sus permisos penitenciarios para proseguir con los mismos actos.
Los abusos continuaron hasta junio de 2018, cuando la víctima, que entonces contaba con 13 años, relató a una amiga que su padre había intentado penetrarla en una de sus salidas de prisión. Su amiga contó lo sucedido a sus padres, quienes informaron a la madre de la víctima y la acompañaron a presentar una denuncia en comisaría.
El padre negó los abusos durante el desarrollo del juicio, el pasado mes de julio, y atribuyó la presentación de la denuncia a motivos económicos. En concreto, al hecho de que la madre de la menor tuviese que abandonar el domicilio en el que residía, puesto que él había entablado una relación con una antigua novia y preveía poner en venta esa antigua vivienda familiar.
No obstante, el tribunal descarta su versión y considera que la declaración ofrecida por la víctima “ha sido persistente, prolongada en el tiempo y coherente desde los hechos inicialmente denunciados” hasta las manifestaciones formuladas en las declaraciones posteriores “sin existir contradicciones ni divergencias esenciales”.
Además, considera “especialmente esclarecedoras para confirmar la verosimilitud de lo narrado” la estrecha relación que la menor mantenía con su padre, mejor que con su madre, y el hecho de que comunicase los abusos sufridos a una amiga. Según el tribunal, la “intervención de terceros” fue determinante “para poder salir del contexto familiar en el que se estaban desarrollando los abusos para denunciarlos”.
Por último, la sentencia refleja que el informe pericial psicológico forense del Instituto de Medicina Legal de Alicante también confiere credibilidad al relato de la menor.
Por ello, la sentencia considera al acusado responsable de un delito de abuso sexual continuado a una menor de 16 años y le impone una pena de once años de prisión. Además, deberá indemnizar a su hija con una suma de 30.000 euros por los daños morales ocasionados. La sentencia es recurrible en apelación ante el TSJCV en el plazo de diez días.
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